La Justicia resolvió que las compañías prestadores del servicio de telefonía celular deberán ajustar su unidad de facturación por segundos en lugar del sistema de fracción de cobro por minuto que tienen actualmente, lo que podría impactar en un ahorro del 30% para los usuarios.
El Juzgado Federal de San Nicolás hizo lugar a cuatro medidas cautelares presentadas por distintas asociaciones de consumidores, por lo que las empresas deberán adecuar su situación en el plazo de tres días, a partir del viernes 6 de diciembre. Las compañías afectadas serán Claro, Personal, Movistar y Nextel.
En este sentido, el año pasado la Justicia estableció que las empresas de telefonía móvil comenzaran a cobrar los llamados desde el momento en que el destinatario atiende la comunicación ya que, hasta ese momento, los clientes pagaban el llamado "tiempo en aire" en referencia a los segundos que corren hasta que el receptor (humano o contestador) atiende el llamado.
De esta manera, se logró que las empresas no cobren hasta e no conteste una persona o el contestador y se factura sólo por el tiempo que dura el mensaje o la conversación.
El Juzgado Federal de San Nicolás hizo lugar a cuatro medidas cautelares presentadas por distintas asociaciones de consumidores, por lo que las empresas deberán adecuar su situación en el plazo de tres días, a partir del viernes 6 de diciembre. Las compañías afectadas serán Claro, Personal, Movistar y Nextel.
En este sentido, el año pasado la Justicia estableció que las empresas de telefonía móvil comenzaran a cobrar los llamados desde el momento en que el destinatario atiende la comunicación ya que, hasta ese momento, los clientes pagaban el llamado "tiempo en aire" en referencia a los segundos que corren hasta que el receptor (humano o contestador) atiende el llamado.
De esta manera, se logró que las empresas no cobren hasta e no conteste una persona o el contestador y se factura sólo por el tiempo que dura el mensaje o la conversación.