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Por ausencia de la oposición no se avanzó en el debate del proyecto de responsabilidad empresaria

Sólo el interbloque Cambiemos y los diputados massistas Mónica Litza y Juan Brugge concurrieron a la reunión de las comisiones de Legislación Penal y de Legislación General, que conducen la radical Gabriela Burgos, y el macrista Daniel Lipovetzky, que volvió a ser citada para este jueves.

En el marco de la fallida reunión, los diputados oficialistas Burgos, Lipovetzky, Silvia Lospenatto y Fernando Sánchez criticaron en duros términos a los opositores y los acusaron de no querer aprobar una ley que lucha contra la corrupción de las personas jurídicas.

El proyecto impulsado por el oficialismo -cuya sanción fue reclamada ayer públicamente por el ministro de Justicia, Germán Garavano, y la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso- incorpora la figura del colaborador eficaz y contempla fuertes multas, la prohibición de participar en licitaciones públicas y la posibilidad de quitar la licencia para operar en el mercado.

"La decisión política es darle tratamiento y sacar dictamen a este proyecto a donde incorporamos las sugerencias de especialistas y de los diputados porque nosotros queremos una ley que ataque la corrupción, que es uno de los problemas clave de nuestro país", sostuvo Burgos.

Además, cargó contra la oposición al afirmar que "muchos hablaron del tema pero, a la hora de venir y poner la firma a favor de un proyecto que ataca la corrupción, no están presentes".

Por su parte, la legisladora massista Mónica Litzva aseguró que el Frente Renovador "quiere dar el debate sobre el proyecto para combatir a la corrupción" y anticipó que, cuando se concrete el plenario, presentarán un "dictamen de minoría", dado que discrepan en algunos aspectos en relación a la iniciativa oficial.

Para poder ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el organismo exige la sanción de una ley que condene a las empresas por los delitos de corrupción contra el erario público, ya que hasta ahora la sanción sólo se puede aplicar al responsable de la firma, pero esto no implica que esa firma deba interrumpir su actividad.

El dictamen que impulsará mañana el oficialismo introduce cambios al proyecto del Ejecutivo en las multas previstas, dado que disminuye el mínimo al 0,5 por ciento en lugar del 1 por ciento fijado inicialmente y mantiene el máximo del 20 por ciento.

En este sentido, establece que el cálculo se hará sobre los ingresos brutos anuales de la empresa que hubiera cometido el delito.

Para el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en el plazo de 12 meses anteriores a la comisión del delito o no hayan declarado ingresos en el último ejercicio anterior a la comisión del delito, el proyecto del oficialismo prevé multas de entre el 0,5 y el 20 por ciento de los ingresos brutos promedio registrados al momento de la comisión del delito.

En cuanto a la suspensión total o parcial de actividades, la iniciativa sobre la que mañana Cambiemos buscará emitir dictamen determina que no podrá superar los diez años; lo mismo sucede en caso de suspender la marca o patente donde se establece que la prohibición de operar no podrá superar la década.

En la iniciativa, se determina además que, si una empresa es condenada por este tipo de delitos, se le podrán sacar hasta por el lapso de diez años los subsidios estatales, así como prohibirle la participación en licitaciones públicas del Estado.

Uno de los puntos centrales es la incorporación de la figura del colaborador eficaz, que es la única variante que se puede incluir previo a esta ley para las empresas que cometieron delitos contra administración pública.

En ese sentido, el despacho establece que podrá celebrarse un acuerdo de colaboración eficaz entre el Ministerio Público Fiscal y la empresa que se compromete a aportar "información o datos precisos, útiles, completos y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes y/o el recupero del producto o las ganancias del delito".

El acuerdo podrá prever el saneamiento de los actos viciados por los hechos reconocidos y la extinción de acciones sancionatorias y administrativas previa intervención vinculante de la Procuración del Tesoro de la Nación o autoridad equivalente en otros poderes o en las jurisdicciones locales, que deberá pronunciarse en relación al interés público comprometido.