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Cómo dejar preparada tu herencia sin pagar abogados ni impuestos innecesarios

 

Especial de Nicolás Litvinoff para el Diario La Nación

Ya sabemos que en nuestra sociedad cuesta hablar de algunos temas. Por lo tanto, ¿qué resultado obtenemos si debemos abordar al mismo tiempo dos temas tabú como la muerte y el dinero? La respuesta es: un problema al cuadrado.

El asunto es que todos, más tarde o más temprano, tendremos que afrontarlos y lo mejor es tenerlos masticados de antemano en lugar de esperar a un momento muy doloroso para hacerlo.

Por este motivo, hoy analizaremos esa masa patrimonial de bienes, derechos y obligaciones conocida como herencia que representa para muchos una de las patas más importantes del capitalismo, puesto que sin ella la acumulación de capital perdería buena parte de su sentido.

El objetivo de esta columna es ofrecer consejos para quienes esperan que el fruto de su esfuerzo e ideas pase de la manera más directa posible a sus herederos, eludiendo costos importantes que suelen terminar en las arcas del Estado y las cuentas de abogados en detrimento de los legítimos destinatarios.

¡Comencemos!

  • Hablar del tema

Los padres muchas veces no quieren hablar de la herencia. Piensan que, de lo contrario, podrían “atraer la mala suerte”. Aún se sienten jóvenes y ven a la muerte como algo lejano o simplemente creen que el simple planteo preocuparía a sus hijos, quienes podrían pensar que sus progenitores sufren problemas de salud no confesos.

Muchos hijos tampoco quieren sacar el tema en una charla para que sus padres no piensen que les están contando las costillas o están probándose la ropa que van a dejar. Otros ni siquiera se permiten pensar que algún día sus padres les van a faltar.

En efecto, esto es lo que sucede en la mayoría de los núcleos familiares donde hay capacidad de ahorro. Por eso, cuando llega el triste momento del adiós (especialmente si ocurre de golpe, sin aviso o enfermedad previa), los herederos se encuentran con trabas legales que les impiden acceder y disponer libremente del patrimonio de sus padres sin afrontar gastos ni perder tiempo, que puede implicar meses o años.

A modo de ejemplo, repasemos dos casos para tomar dimensión de lo que venimos diciendo:

Propiedades heredadas: 10% del VIR (Valor Inmobiliario de Referencia) se lleva el abogado de la sucesión, 1,5% se paga de Tasa de Justicia (sobre la valuación fiscal del inmueble) y el gasto de inscripción en el registro de propiedades. Como se sabe, una sucesión puede durar varios años y generar importantes gastos de mantenimiento de los bienes involucrados en la herencia.

Activos (acciones, bonos, cash) depositados en una cuenta en EEUU: son grabados con una alícuota que va del 30% al 50% en concepto de tax withholding (el impuesto a la herencia que se paga en ese país para ciudadanos extranjeros), dinero que queda en las arcas del fisco norteamericano.
Una rápida solución a este problema consiste en, previa charla sincera entre padres e hijos, comprender que nadie es inmortal y planificar el aspecto legal y sucesorio para evitar gastos elevadísimos e innecesarios. El paso práctico consiste en dejar asentado de manera escrita cuáles son los bienes, ahorros y demás pertenencias con las cuales se cuenta y si existe algún deseo de reparto especial entre los herederos que no resulte equitativo. Esta diferencia se puede legitimar mediante un acta ante escribano público o de manera más informal, aunque con todas las partes involucradas presentes y con dos testigos de confianza de la familia.



  • Buscar caminos que eviten costos innecesarios

Luego de la charla y los acuerdos al interior de la familia, llega el momento de definir cuál es la estructura legal más beneficiosa para todas las partes.

Lo que se suele hacer es:

Propiedades: La solución más conocida es el usufructo, donde los padres donan en vida a sus hijos el bien que habitan, pero se reservan el derecho de usarlo libremente hasta el día en que partan de este mundo. Una opción más sofisticada consiste en confeccionar un inventario de los bienes y poner todo en manos de una sociedad creada a nombre de los herederos, o bien crear un fideicomiso sucesorio, donde un fiduciante (dueño) aporta activos de su propiedad para que un tercero (fiduciario o administrador) los maneje en beneficio de la persona indicada por el fiduciante (beneficiarios o herederos).

Inversiones en el extranjero: Lo que se suele hacer en estos casos es incluir a los hijos y/o hijas como cotitulares de la cuenta abierta en el broker extranjero para que, en caso de fallecimiento del titular o la titular, pueda abrirse fácilmente una cuenta nueva en el mismo broker con los herederos cotitulares y transferir allí los activos. Los documentos que requerirá el banco demandan trámites relativamente sencillos y rápidos en una escribanía.

Hoy en día existe una opción totalmente superadora que consiste en poseer dinero en criptomonedas estables almacenadas en una hardware wallet. Si este fuese el caso, no hay intervención de ningún ente estatal ni financiero: los padres deben asegurarse que los herederos conozcan la llave privada (conjunto de 12 a 24 palabras) que permite acceder a los activos almacenados en la hardware wallet y disponer de ellos sin trabas burocráticas ni impositivas.

Conclusión

Si sos papá o mamá y nunca hablaste de este tema seriamente con tus hijos, espero que esta nota te estimule lo suficiente como para proponer una primera charla sobre el tema.

Si sos un potencial heredero o heredera y notás que a tus padres les cuesta romper el hielo financiero, sabé que podés utilizar los argumentos y la información de esta columna para avanzar en un diálogo tan sincero como fructífero que les va a aliviar la carga a todos.

Juntos podrán comenzar a planificar el traspaso para que el día de mañana al sufrimiento por la pérdida no se sumen dolores de cabeza burocráticos ni perjuicios económicos innecesarios. Ya no hay excusas: el silencio solo beneficia a abogados, brokers, agencias fiscales y otros convidados.

¡Hasta la próxima semana!