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Damnificado directo Particular interpuso un amparo exigiendo la importación de vacunas Johnson & Johnson

 Un particular presentó una acción de amparo solicitando la importación de vacunas desde Estados Unidos para su círculo familiar y amigos cercanos. La petición fue hecha comprendiendo que el desempeño del estado nacional “lesiona, restringe, altera y amenaza” el derecho a la salud.


Juan Ricardo Mussa, con el patrocinio letrado de la doctora Yésica Isgro, interpusieron una acción de amparo contra el poder ejecutivo nacional, en cabeza del presidente Alberto Fernández, y el ministerio de Salud de la Nación, que conduce Carla Vizzotti, exigiendo la importación de vacunas Johnson & Johnson para uso personal.

“La presente acción de amparo procura que se condene al estado nacional a realizar las acciones que se describen en el punto IX, haciendo cesar de tal modo la omisión de la autoridad en relación con la falta de provisión de vacuna contra COVID-19 y la ausencia de políticas públicas destinadas a la conservación de la vida humana, favorecedoras de la propagación del coronavirus”, comienza indicando la presentación judicial.

La acción en cuestión fue detalladamente fundamentada utilizando datos arrojados por la Dirección del Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a cargo del director el farmacéutico Manuel Rodolfo Limeres: “Se trata del instituto de mayor autoridad científica sobre la materia y el órgano especializado del estado en el tratamiento de la enfermedad”, confía la iniciativa impulsada por Mussa, quien se desempeña como

presidente de la Cámara de Consorcistas y Propietarios de Inmuebles y Vehículos Automotores de la República Argentina.

“La situación actual es crítica y de alta peligrosidad para mi salud, y la de toda la población de todo el territorio nacional que comprende aproximadamente 35 millones de personas”, explica, y agrega: “En la actualidad no se dispone de la cantidad suficiente de vacunas para proteger a toda la población expuesta al riesgo de contraer la COVID-19 y no se sabe en qué quedaron los trabajos necesarios para la fabricación local de las vacunas monoclonales, parte del grupo farmacéutico Grupo Insud, en el laboratorio argentino mAbxience, única medida sanitaria idónea para luchar preventivamente contra la enfermedad”, continúa, en referencia a la empresa que dirige Hugo Sigman.

En medio del exhaustivo análisis, Mussa se pregunta por qué, ante cada compra, “siempre queda en el ropero casi un 50 por ciento de las vacunas sin repartir, sabiendo que se están acelerando los contagios y las muertes, donde queda plasmado el abandono de personas”.

ACCESO A LA VACUNA JOHNSON & JOHNSON

A través del amparo, Mussa solicito “autorización para comprar las vacunas o remedios que los funcionarios del poder ejecutivo nacional, no logran entregarme, haciéndome cargo onerosamente de lo que corresponda por adquirirla, atento a todas las vicisitudes, en lo económico, geopolítico, o desidia por ocuparse en caminos que quizás muchos argentinos en estas condiciones jamás disfruten, por distintas causas no satisface la necesaria cantidad de vacunas que la Republica Argentina, necesita para que sus hijos vivan”.

“Elijo Johnson & Johnson porque la Administración de Medicamentos y Alimentos de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) autorizó a fines de febrero pasado el uso de la vacuna contra la COVID-19 en adultos”, señaló.

Posteriormente, detalla que “existe en el caso de autos una omisión de la autoridad pública que en forma actual e inminente lesiona, restringe, altera y amenaza derechos expresamente consagrados por las leyes, los tratados internacionales de derechos humanos y la constitución nacional”. El principal de ellos es “el derecho a la salud, que se entiende como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social”.

Conforme a lo expuesto en la acción de amparo, se ordena "al estado nacional (…) me autorice a comprar las vacunas necesarias para mi circulo familiar y mis amistades, que pueda comprar en los Estados Unidos, las vacunas Johnson & Johnson, que se determine teniendo en consideración la gravedad de la enfermedad y ante la amenaza inminente de daños incluso mortales y actual lesión de la salud pública de los habitantes, a ejecutar la totalidad de las medidas necesarias para que pueda importar la vacuna contra COVID–19”.

Finalmente, fundamenta que le medida se exige toda vez que “el poder ejecutivo nacional y el ministerio de Salud de la Nación, por diferentes razones no pueden asegurarnos su inmediato suministro a la totalidad de la población”. 


(www.REALPOLITIK.com.ar)