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REABREN LOS TALLERES PARA ASISTIR A CLIENTES DS HABILITADOS PARA CONDUCIR

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De acuerdo a la Decisión Administrativa 490/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros, desde este lunes 13, la Posventa de DS AUTOMOBILES comienza a abrir las puertas de sus talleres oficiales en todo el país, con el objetivo de atender a los clientes autorizados para circular durante la cuarentena obligatoria.
Todos aquellos clientes de la marca DS AUTOMOBILES que cuenten con el permiso legal de circulación vehicular por los diferentes motivos autorizados en esta Cuarentena obligatoria, cuentan con el servicio de los 28 talleres oficiales para reparar su vehículo, comprar un repuesto o realizar un servicio de mantenimiento.
Para ser atendidos en los talleres de la Red PSA habilitados para atender a un vehículo DS en todo el país, el cliente debe contactar al Concesionario vía telefónica previamente y concretar un turno de atención en el taller. De esta manera el cliente se asegurará ser recepcionado de manera individual y con los cuidados pertinentes por nuestro personal de guardia.
“Tal como lo habilitó el Presidente Alberto Fernandez días atrás, estamos abriendo las puertas de nuestros talleres oficiales de todo el país para dar una asistencia integral a nuestros clientes de DS AUTOMOBILES. Cada taller está trabajando en las especificaciones solicitadas por este decreto este fin de semana, para abrir sus puertas responsablemente. Estamos preparados para poder dar soporte a nuestros clientes habilitados que así lo necesiten en estos días tan especiales”, expresó Juan Carlos Risolino, Director de Posventa de DS Argentina.
Referencia legal:
Ampliación al listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6 del Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias.
Como establece la Decisión Administrativa 490/2020 en su ARTÍCULO 1°.- (Ampliase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20, conforme se establece a continuación), en sus puntos 4,5 y 6:
 4. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
 5. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
 6. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.