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De acuerdo a la decisión administrativa 490/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros, desde este lunes 13, la Posventa CITROËN comienza a abrir las puertas de sus talleres oficiales en todo el país, con el objetivo de atender a los clientes autorizados para circular durante la cuarentena obligatoria. |
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Todos aquellos clientes de la marca CITROËN que cuenten con el permiso legal de circulación vehicular por los diferentes motivos autorizados en esta Cuarentena obligatoria -como empleados de la Salud, de las Fuerzas de Seguridad, del Transporte de Alimentos, etc, o simplemente particulares habilitados para tal fin-, cuentan con el servicio de los talleres oficiales para reparar su vehículo o realizar un servicio de mantenimiento.
Para ser atendidos en los talleres de la Red CITROËN de todo el país, el cliente debe contactar al Concesionario vía telefónica previamente y concretar un turno de atención en el taller. De esta manera el cliente se asegurará ser recepcionado de manera individual y con los cuidados pertinentes por nuestro personal de guardia.
“Tal como lo habilitó el Presidente Alberto Fernandez días atrás, hemos arrancado a abrir las puertas de nuestros talleres oficiales de todo el país para dar una asistencia integral a nuestros clientes CITROËN. Cada taller está trabajando en las especificaciones solicitadas por este decreto este fin de semana, para abrir sus puertas responsablemente. Estamos preparados para poder dar soporte a nuestros clientes habilitados que así lo necesiten en estos días tan especiales”, expresó Juan Carlos Risolino, Director de Posventa de CITROËN Argentina.
Referencia legal:
Ampliación al listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6 del Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias.
Como establece la Decisión Administrativa 490/2020 en su ARTÍCULO 1°.- (Ampliase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20, conforme se establece a continuación), en sus puntos 4,5 y 6:
4. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
5. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
6. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. |
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