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Firma electrónica y Blockchain: aseguran que estas herramientas agilizarán la economía

Expertos aseguraron que el uso de la firma electrónica facilitará la actividad económica en medio de la cuarentena, y calificaron de "excelente" el puntapié dado por el Gobierno la última semana, que autorizó los contratos entre sociedades de garantías recíprocas (SGR) y pequeñas y medianas empresas (pymes) bajo esta modalidad y con el empleo de tecnología blockchain.
"Usar la tecnología abierta de blockchain democratiza el uso de firma electrónica, y se van a digitalizar muchos más procesos que hasta ahora. Es una excelente noticia para la sociedad, y particularmente para la economía", indicó a Télam, Diego Gutiérrez Zaldívar, director ejecutivo de IOV Labs y fundador de la ONG Bitcoin Argentina.
Por su parte, Leonardo Elduayen, director de operaciones de Koibanx y vicepresidente de Bitcoin Argentina, consideró que "es un gran avance" el que hizo el Gobierno la última semana, y destacó que "en medio de la cuarentena se requiere digitalizar los trámites, y sacar la firma digital es complejo, ya que hay que registrarse en forma presencial ante algún certificador autorizado por Jefatura de Gabinete".

"Esta decisión es muy interesante porque hay una diferencia bien clara entre firma digital y electrónica; no son lo mismo", explicó Edluayen, quien añadió que "la firma digital está reglamentada por ley en Argentina, y exige lo que se llama un certificado con criptografía asimétrica, con validación del sector público y del privado de que el usuario es quien dice ser".
El Ministerio de Desarrollo Productivo autorizó el jueves último la celebración de contratos de garantía recíproca mediante la firma electrónica, a través de la resolución 50/2020 de la Secretaría Pyme, que estableció que las SGR deberán utilizar un soporte asociado a la tecnología blockchain.
Remarcó que "esta firma tiene un nivel de robustez técnica que legalmente en Argentina le damos la misma equivalencia que a una firma hológrafa certificada", y puntualizó que "es fundamental porque permite hacer trámites digitales y darlos por válidos y no rechazables".
Así precisó que "cualquier otro medio o plataforma que deje firmar por internet pero no tenga certificado es considerado firma electrónica, no digital".

"Estamos saliendo de un sistema de certificación centralizado a otro abierto, que permite que haya más proveedores de servicios de certificación de firma, reducir los costos y democratizar el acceso", afirmó el experto, quien evaluó que "es un buen antecedente lo que hizo el Gobierno y, si funciona bien, abre la puerta a digitalizar todo el sistema".En la misma línea, Gutiérrez Zaldívar consideró que la iniciativa del Gobierno representa "una excelente oportunidad", porque explicó que "el gran problema con la firma digital es la estructura que conlleva: un grupo de certificadores necesarios para el sistema, pero reducido en cantidad, que genera mucha fricción en el uso de la misma".
Por su parte, Elduayen explicó que la decisión del Gobierno de exigir el uso de blockchain en la infraestructura de certificación de la firma electrónica es porque "esta tecnología le confiere técnicamente a cualquier proceso el mismo nivel de robustez que la firma digital".

"Blockchain tiene el mismo nivel de seguridad que el que se utiliza en la firma digital. Y muchos bancos emplean esta tecnología para encriptar transacciones que se envían por el sistema financiero", destacó el ejecutivo.
Precisó que "es más fácil abrirse una cuenta en blockchain que hacer un certificado de firma digital", y puntualizó que "blockchain es una tecnología que no tiene dueño, es como internet".
Ante la consulta de cómo se asegura el sistema de que uno es quien dice ser, Gutiérrez Zaldívar explicó que "hay varias maneras", y precisó que "existen organizaciones privadas que hacen el trabajo de 'conoce a tu cliente', validan la información digital, y emiten un certificado".
"Hoy por hoy muchas empresas de acá y del exterior emplean métodos como solicitar una foto personal con el DNI en la mano, que acompañe una copia del DNI y también facturas de servicios. Además pueden utilizar una videollamada para constatar que la persona es quien dice ser. Todo depende del nivel de importancia de lo que se pretende hacer", señaló el experto.
"En el caso de las sociedades, se piden copias del acta de constitución de las mismas donde figuran las firmas de las personas y su identidad", concluyó el especialista.




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