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Libro IVA digital y declaración jurada proforma: quiénes estarán obligados a cumplir con lo nuevo de AFIP

Uno de los mayores problemas que tienen las empresas es el uso que hace la AFIP de la llamada "Base Apoc", un listado informático que confecciona y actualiza constantemente el órgano recaudador con las empresas acusadas de emitir facturas apócrifas o que no se condicen con su nivel de actividad.
Prácticamente es imposible que un inspector del ente tributario finalice la fiscalización de una compañía sin un ajuste por facturas apócrifas, y esto se debe a que un proveedor de la firma que no estaba en la Base Apoc en el momento de la transacción pasó a formar parte con posterioridad de este listado tan temido.
Una solución para este problema consiste en la puesta en marcha del IVA proforma que, si bien es beneficioso para las empresas, también es temido por muchos contadores, pues se trata de otro avance de la automatización que les quitará trabajo. 
La autoridad fiscal ya planteó el primer paso hacia el lanzamiento de la declaración jurada proforma con el establecimiento del Libro IVA Digital, pero esta medida se postergó hasta junio y tal vez vuelva a ser prorrogada porque exigirá destinar una gran cantidad de recursos en un contexto en el que existen otras prioridades.
"Desde un punto de vista práctico, la liquidación del IVA proforma por parte de la AFIP es una progresión sistemática de tareas que comenzó hace tiempo", comenta a iProUP Guillermo Poch, de BDO Argentina, quien agrega que el puntapié inicial fue la obligatoriedad paulatina de la factura electrónica.
Luego, sigue Poch, vendrá "el compendio de esa información y la generación de los subdiarios IVA Compras y Ventas, lo que permitirá concluir en la confección de las declaraciones juradas proforma". Esto, según reconoce el experto, "obligará a los contadores a reinventarse, ya que una porción de las tareas será efectuada por la autoridad fiscal".
"El profesional podrá focalizarse en cuestiones más vinculadas con el asesoramiento que con el desarrollo de acciones rutinarias y de poco valor agregado", asegura. Aunque muchos no se sienten preparados para ello y se quejan de la automatización en las reuniones de sus entes gremiales.
La presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, Gabriela Russo, reconoce que "como en toda profesión, la informatización genera incertidumbre y preocupación", pero admite que "hasta ahora quedó demostrado que a mayor digitalización, más trabajo para los contadores".
"Esto es así porque la complejidad del sistema tributario argentino requiere de mucho estudio y actualización constante", asegura Russo.
La presidenta del CPCECABA anticipa, mientras tanto, que "el Libro IVA Digital es un régimen informativo cuyos datos a consignar no difieren sustancialmente de los proporcionados en el actual Régimen de Información de Compras y Ventas".
"Lo importante es que, al momento de su implementación, el sistema se encuentre operativo y no presente errores que puedan producir demoras en el cumplimiento de las obligaciones. A tal efecto, se pone a disposición el Consejo para realizar los testeos previos que sean necesarios", afirma.
Javier Sabin, de EY Argentina, agrega que este primer paso para la declaración jurada proforma ya evitará la confección del libro IVA de compras y de ventas. Y agrega que "el sistema en un mediano plazo tomará la información de distintas bases de la AFIP".
En tanto, Sabin indica que la automatización del manejo de este tributo "será beneficiosa ya que disminuirá el tiempo que insumen los contadores en su armado y también asegurará la veracidad de los comprobantes y la información entre comprador y vendedor".

"Parece adecuado en tiempos en los que la digitalización de la información y la automatización de tareas son cuestiones corrientes, que la materia tributaria dé un paso en este sentido", asevera Poch, pero advierte que "el sistema tributario debe ser diseñado para distribuir la carga impositiva de manera equitativa y proporcional entre la población".También considera positiva la eliminación del régimen informativo de compras y ventas, que "es lo que más tiempo le lleva a los estudios contables chicos". Resalta que estos avances "asemejarán a la Argentina con otros países en los que la automatización del IVA ya se viene implementando".

Dudas y respuestas

Ezequiel Passarelli, de SCI Consultoría Integral Tributaria, responde los diez interrogantes más destacados del Libro IVA Digital:
1) ¿Quiénes están obligados?
Los responsables inscriptos y los sujetos exentos en el IVA.
2) ¿Quiénes no deben cumplir con esta obligación?
Monotributistas, empleados en relación de dependencia y entidades exentas de este tributo.
3) ¿Desde cuándo se debe presentar el Libro IVA Digital?
Deben hacerlo los responsables inscriptos en los meses que se detallan a continuación, según los montos facturados en 2018:
- Junio: menos de $500.000
- Julio: entre $500.000 y $2 millones
- Agosto: más de $ 2 millones

- Octubre: exentos en el IVA que sí quedaron comprendidos- Septiembre: quienes no estén obligados actualmente a presentar el Régimen Informativo de Compras y Ventas
- El mes siguiente al que serán informados: aquellos a los que la AFIP les envíe una notificación expresa en su domicilio fiscal electrónico
4) ¿Se puede utilizar antes el Libro IVA Digital?
Sí. Una vez ejercida la opción, el contribuyente estará obligado a la registración electrónica de las operaciones a través de la generación y presentación del Libro Digital.
5) ¿Qué se debe presentar?
Previo a la declaración jurada mensual del Impuesto al Valor Agregado, deberá presentarse obligatoriamente esta nueva declaración informativa.
En el Libro IVA Digital se informarán todos los comprobantes (facturas, tickets, etcétera) emitidos por ventas y recibidos por las compras. Luego, la declaración jurada del impuesto se armará en función de lo que se detalle en el Libro IVA Digital.
6) ¿Cómo se presentará esta nueva declaración jurada?
A fin de registrar electrónicamente sus operaciones, se deberá utilizar el servicio "Portal IVA", ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Allí, la AFIP pondrá a disposición toda la información que posee en sus bases de datos (compras y ventas) y el contribuyente deberá ratificarla o rectificarla.
Esta carga podrá hacerse de forma manual (modificando o agregando comprobantes) o mediante importación de datos desde un archivo.
"Una vez efectuadas las incorporaciones, modificaciones o eliminaciones pertinentes, el sujeto obligado deberá confirmar con carácter de declaración jurada en el sistema la registración de sus operaciones, a fin de generar y presentar el Libro Digital", afirma Gustado Policella.
El sistema emitirá un "Acuse de Recibo" como constancia de la información presentada, la que quedará sujeta a revisión posterior por parte de la AFIP, explica el experto, quien añade que cuando se detecten errores u omisiones deberá rectificarse el Libro IVA Digital presentado.

Se deberá presentar igualmente el
 Libro IVA Digital, con la opción "sin movimiento". Si no se hace, no podrá presentarse el resto de los meses.7) ¿Qué ocurre si no tengo movimientos (compras y ventas)?
8) ¿Qué ocurre cuando se debe rectificar una declaración jurada?
Se deberá corregir previamente el Libro IVA Digital, cuando deban modificarse las compras y ventas de algún período ("saldo técnico"). No así cuando se modifiquen otras cuestiones (retenciones, percepciones, etc.).
9) ¿Quiénes pueden hacer una presentación simplificada?
Por el momento, la Resolución únicamente indica que la AFIP habilitará dicha opción para "determinados contribuyentes", sin mayores detalles.
10) ¿Hay que seguir presentando el Régimen Informativo de Compras y Ventas?
A futuro, no. Desde el momento en que se empieza a presentar el Libro IVA Digital, se podrá discontinuar el anterior régimen de información.
Para períodos anteriores, en caso de que se deba rectificar una declaración jurada del IVA de un período en que estaba vigente este régimen, sí se deberá presentar la rectificativa también. Policella agrega que también se derogan los siguientes regímenes informativos:
Almacenamiento Electrónico de Registraciones, a partir de octubre
Conservación de libros y registros puestos a disposición de AFIP
El experto enfatiza que, aunque el organismo ofrecerá acceso al contribuyente a la información de los comprobantes emitidos y recibidos que aparecen en sus bases de datos, esto no implicará todavía reconocimiento alguno por parte de la AFIP respecto de la veracidad de las operaciones, la exactitud del débito fiscal liquidado ni la exactitud, legitimidad y/o procedencia del crédito fiscal que se compute en la declaración jurada.
"Uno de los ajustes posibles al Libro IVA Digital confeccionado por AFIP es haber detectado facturas apócrifas registradas allí, que el contribuyente decida eliminar del registro a los efectos de no computar el impuesto correspondiente", agrega.
En definitiva, el Libro IVA Digital todavía no constituirá un argumento ante las acusaciones apoyadas en la Base Apoc respecto de las cuales es tan difícil defenderse, sino que para esto será necesario esperar a la implementación de la declaración jurada proforma.
*Dolores Olveiraolveiradolores@gmail.com


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