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LA SEC PUBLICA NUEVA GUÍA SOBRE COMERCIALIZACIÓN DE ACTIVOS DIGITALES

La Comisión de Valores y Bolsa de Estados Unidos (SEC) presentó una guía que busca ayudar a los emisores, inversionistas, comercializadores, poseedores e inversionistas a determinar si los criptoactivos de su interés califican o no como un valor financiero, según las leyes federales de ese país.
La guía, publicada en el sitio oficial de la SEC este 3 de abril, fue elaborada por el equipo FinHub del organismo. Se trata de un esfuerzo para ayudar a aquellos que buscan cumplir con las leyes federales de valores de EE.UU., según afirma la SEC. De esta forma, se brindan ideas para que los interesados puedan analizar las características de los activos digitales y determinen si se ofrecen y venden como un contrato de inversión, con lo cual entrarían en la clasificación de “valor financiero”.
En caso de que dichos activos sean clasificados como valor, señala el ente regulador, será necesario cumplir con una serie de requisitos para el lanzamiento y comercialización de este tipo de activos, lo cual incluye su registro en los organismos competentes. En ese sentido, el documento explica al público que el término valor financiero incluye a los contratos de inversión y otros instrumentos, como bonos y acciones transferibles. Aunque también se aplica a los activos digitales que responden positivamente a las pautas establecidas en la Prueba de Howey.
Según esta Prueba, surgida en 1946, un criptoactivo es un valor financiero si cumple los siguientes criterios: hay una inversión de dinero, forma parte de una empresa común y existe una expectativa razonable de ganancias derivadas de los esfuerzos de otros.
Sobre este tema, la SEC aclara al público que -de acuerdo a los resultados de la Prueba- cualquier activo digital puede calificar como valor, aunque es necesario analizar las particularidades de cada caso por separado. Por tanto, la clasificación también depende de la naturaleza del criptoactivo, incluidos los derechos que pretende transmitir y cómo se ofrece, se vende o revende (considerando las ventas del mercado secundario).
En cualquier situación, el organismo recomienda contar con la asesoría legal de un abogado. Sin embargo, enlazó a su sitio web un formulario mediante el cual las personas o empresas pueden hacer preguntas y solicitar asesoría sobre el tema.

LA PRUEBA DE HOWEY NO APLICA EN TODOS LOS CASOS

En virtud de que en los procesos de evaluación pueden surgir dudas, la SEC menciona una serie de elementos a tomar en cuenta al analizar los activos digitales. Se trata de características que al estar presentes hacen menos probable que se cumpla la Prueba de Howey. Para determinar su existencia se recomienda considerar lo siguiente:  si el activo digital y la red donde se emite están desarrollados y operativos, y si los poseedores del criptoactivo pueden usarlo de inmediato para la funcionalidad prevista en la red.
A lo anterior se suma el evaluar si la creación y estructura del criptoactivo está diseñada e implementada para cumplir con las necesidades de los usuarios, en lugar de alimentar especulaciones relacionadas con su valor o el desarrollo de su red.  Así mismo, se aconseja tomar en cuenta si las perspectivas de revalorización del precio del criptoactivo son limitadas. Para esto se observa si la oferta es de valor fijo o existen probabilidades de que el precio de degrade con el tiempo.
Adicionalmente, se estudian las posibilidades de mantener el activo digital durante largos períodos como una inversión, además de su capacidad de funcionar como una moneda fiduciaria, actuando como sustituto del dinero o siendo utilizado para realizar pagos en una amplia variedad de contextos.
Bajo estas premisas, la SEC y otras entidades federales hasta ahora han coincidido en señalar que la mayoría de los criptoactivos, sin incluir a bitcoin y ether, son valores financieros y deben ser regulados como tales.

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