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Siguen cambios en la letra del blanqueo: se permitirán etapas sin un costo extra

Tal como esperaban los asesores impositivos que les dicen a sus clientes que no se apuren a blanquear, la AFIP sigue discutiendo la letra chica del Sinceramiento Fiscal en consejos consultivos, y modificando la reglamentación luego. Ayer el titular del organismo recaudador, Alberto Abad, anunció cinco cambios, algunos casi imperceptibles y otros de fondo.
Se permitirá el sinceramiento por etapas aplicando la alícuota de pago según la fecha de ingreso al sistema.
En la plaza se decía que había que reliquidar todo al 15% si se ingresa una parte al blanqueo en 2016 pero otra en 2017.
Ahora Abad aclaró que si se blanquea dinero en efectivo antes del 31 de este mes, por ejemplo, y se paga la alícuota del 10%, y el año que viene una cuenta en el exterior, y se paga el 15%, no se recalcula todo a la última cifra.
César Litvin, de Lisicki, Litvin & Asoc dijo que esto "corrige un error del aplicativo o que acumulaba todo el sinceramiento a la última alícuota".
Abad también indicó que las cuentas bancarias a nombre de un titular y su cónyuge e hijos en carácter de cotitulares, podrán ser blanqueadas por cualquiera de ellos al 100% de la cuenta a su nombre y no requiere consentimiento ni ninguna otra acción de los demás.
Guillermo Pérez, de GNP Consultores, comentó que es importante porque a los cotitulares no se los considera testaferros. Así, si el titular declara, la familia no tiene que ceder su parte. "Esto es bueno para que la familia siga teniendo acceso a las cuentas en caso, por ejemplo, de que quien blanquea falleciera", comentó.
Litvin dijo que permite regularizar al titular que sincera, evitando que el resto de los cotitulares preste conformidad o se cambien las cuentas en el exterior. "Normalmente se utilizan cotitulares ante cualquier eventualidad aún cuando los verdaderos dueños son sólo algunos. Se está haciendo lo correcto porque en cuanto los intereses del fisco con que uno o algunos los declare es suficiente y queda perfectamente justificado", indicó.
Se vuelve a insistir en que para ingresar a la moratoria por Bienes Personales en lugar de al blanqueo por un bien no declarado tiene que haber sido adquirido con fondos declarados en el Impuesto a las Ganancias o provenir de una herencia, legado o donación. Esto dejó disconformes a los profesionales que consideraron que ya está todo en una anterior reglamentación, la Resolución 3595.
"Queda sin solución la regularización de bienes adquiridos en años prescriptos y que no necesitan entrar en el blanqueo", dijo Litvin, y Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, se quejó también porque no se puede incluir en la moratoria la declaración jurada de 2015.
Asimismo, se estableció que un representante legal o apoderado pueda prestar consentimiento para el sinceramiento de un socio que por ejemplo tenga un inmueble propio registrado a nombre de una sociedad en el país que no se encuentra operativa y no tiene CUIT por haberse constituido antes de 1985. Rodríguez preguntó qué pasa con los accionistas. ¿No pueden blanquear?
Además, se permitirá realizar tasaciones a profesionales, por ejemplo agrimensores o ingenieros agrónomos, cuyas incumbencias lo permiten.
Por otra parte, Abad anunció un nuevo simulador del blanqueo que permite más cercanía a la cuenta final.

cronista