La Secretaría de Comercio creó el "Registro Nacional de Transparencia Comercial de Pepitas", en el que deberán inscribirse las personas y empresas que formen parte de las cadenas agroalimentarias de peras y manzanas.
A través de la resolución 135 de la Secretaría de Comercio, publicada hoy en el Boletín oficial, se creó además, el Registro de Contratos de Compra y Venta, en el que quienes comercialicen peras y/o manzanas "deberán declarar información referente a cada contrato de compra y venta que implique transferencia de propiedad de la mercadería por parte de los productores primarios".
La inscripción en esos registros se hará a través de internet y la información deberá aportarse a través de una declaración jurada.
La Secretaría de Comercio también exigirá a quienes intervengan en la cadena de producción de peras y manzanas que ingresen en el "Sistema de declaración Jurada de Movimientos" todas las transacciones que realicen. Esas operaciones serán registradas por los comercializadores, con la información que les requiera la subsecretaría de Comercio Interior.
La norma establece además, que Comercio Interior será la encargada de elaborar un modelo de contrato de compra y venta de peras y manzanas. Esos contratos deberán incluir la información solicitada por el Registro de Contratos de Compra - Venta de peras y manzanas.
Según el artículo 6º de la Resolución firmada por Augusto Costa, se considerará "comercializador" a las personas físicas o jurídicas que sean "sujeto de compra o venta de peras y/o manzanas, transforme o no la mercadería, con excepción del productor primario".
El registro fue creado con el objetivo de proteger el derecho de "los consumidores y usuarios de bienes y servicios" tienen a "la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno", que establece la Constitución nacional.
Con el registro se buscará "monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el territorio de la Nación".
La inscripción en esos registros se hará a través de internet y la información deberá aportarse a través de una declaración jurada.
La Secretaría de Comercio también exigirá a quienes intervengan en la cadena de producción de peras y manzanas que ingresen en el "Sistema de declaración Jurada de Movimientos" todas las transacciones que realicen. Esas operaciones serán registradas por los comercializadores, con la información que les requiera la subsecretaría de Comercio Interior.
La norma establece además, que Comercio Interior será la encargada de elaborar un modelo de contrato de compra y venta de peras y manzanas. Esos contratos deberán incluir la información solicitada por el Registro de Contratos de Compra - Venta de peras y manzanas.
Según el artículo 6º de la Resolución firmada por Augusto Costa, se considerará "comercializador" a las personas físicas o jurídicas que sean "sujeto de compra o venta de peras y/o manzanas, transforme o no la mercadería, con excepción del productor primario".
El registro fue creado con el objetivo de proteger el derecho de "los consumidores y usuarios de bienes y servicios" tienen a "la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno", que establece la Constitución nacional.
Con el registro se buscará "monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el territorio de la Nación".
nosis