El Poder Ejecutivo promulgó hoy la ley de blanqueo de capitales a través de la compra de dos bonos con destino a inversión en energía e infraestructura y de una cédula hipotecaria. Una vez reglamentado, el plan estará vigente por tres meses.
La ley 26.860, de "Extranjerización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior", publicada hoy en el Boletín Oficial, autoriza la emisión de tres títulos, el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE); el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico, y el Certificado de Depósito para la Inversión (CEDIN), herramientas con las que el Gobierno buscará la "exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior".
Y establece que los fondos que se obtengan de esa emisión se emplearán para financiar proyectos de inversión en energía e infraestructura.
Tanto el BAADE como el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico, serán emitidos por el Tesoro en dólares y sus fondos "serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos".
A su vez, el CEDIN será emitido por el BCRA y tiene como destino reactivar el mercado inmobiliario. Según el Gobierno, el objetivo es transformar los dólares blanqueados en estos certificados endosables, que podrán utilizarse para la "cancelación de obligaciones" tomadas en la divida estadounidense. Los "cedines" podrán ser luego canjeados "en la misma moneda de su emisión" cuando se acredite una compraventa de terrenos, locales o viviendas o se demuestre que su destino es la refacción o construcción de nuevos inmuebles.
El BAADE cotizará en el mercado de capitales y se podrá transferir. Pero a diferencia de los bonos emitidos con legislación extranjera, sólo cotizará en la plaza local.
Este instrumento se podrá adquirir sólo en dólares, tendrá vencimiento en 2016 y retribuirá un interés del 4 por ciento anual, pagadero cada seis meses. Bancos y sociedades de bolsa serán los encargados de comercializar las láminas, que se emitirán en valores de 100, 1.000 y 10.000 dólares dólares.
La norma, convertida en ley el miércoles pasado en una sesión especial de la Cámara de Diputados, establece que quienes quieran acceder al blanqueo deberán presentar una declaración jurada en la que conste el nombre y el domicilio del titular del depósito y el importe e identificación de la entidad financiera en la que se encontraban los fondos.
En cambio, no tendrán obligación de informar la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos.
La ley libera a quienes blanqueen de toda acción civil, comercial, penal tributaria, administrativa y penal cambiaria. Pero excluye a quienes estén imputados por delitos vinculados a operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges y parientes.
La norma fija un plazo de tres meses a partir de la promulgación de la ley para que las personas físicas y jurídicas que tengan dólares no declarados en el país o en el exterior se sumen al plan de blanqueo y obtengan los beneficios. Pero para su efectiva implementación aún resta conocer la reglamentación.
Y establece que los fondos que se obtengan de esa emisión se emplearán para financiar proyectos de inversión en energía e infraestructura.
Tanto el BAADE como el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico, serán emitidos por el Tesoro en dólares y sus fondos "serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos".
A su vez, el CEDIN será emitido por el BCRA y tiene como destino reactivar el mercado inmobiliario. Según el Gobierno, el objetivo es transformar los dólares blanqueados en estos certificados endosables, que podrán utilizarse para la "cancelación de obligaciones" tomadas en la divida estadounidense. Los "cedines" podrán ser luego canjeados "en la misma moneda de su emisión" cuando se acredite una compraventa de terrenos, locales o viviendas o se demuestre que su destino es la refacción o construcción de nuevos inmuebles.
El BAADE cotizará en el mercado de capitales y se podrá transferir. Pero a diferencia de los bonos emitidos con legislación extranjera, sólo cotizará en la plaza local.
Este instrumento se podrá adquirir sólo en dólares, tendrá vencimiento en 2016 y retribuirá un interés del 4 por ciento anual, pagadero cada seis meses. Bancos y sociedades de bolsa serán los encargados de comercializar las láminas, que se emitirán en valores de 100, 1.000 y 10.000 dólares dólares.
La norma, convertida en ley el miércoles pasado en una sesión especial de la Cámara de Diputados, establece que quienes quieran acceder al blanqueo deberán presentar una declaración jurada en la que conste el nombre y el domicilio del titular del depósito y el importe e identificación de la entidad financiera en la que se encontraban los fondos.
En cambio, no tendrán obligación de informar la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos.
La ley libera a quienes blanqueen de toda acción civil, comercial, penal tributaria, administrativa y penal cambiaria. Pero excluye a quienes estén imputados por delitos vinculados a operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges y parientes.
La norma fija un plazo de tres meses a partir de la promulgación de la ley para que las personas físicas y jurídicas que tengan dólares no declarados en el país o en el exterior se sumen al plan de blanqueo y obtengan los beneficios. Pero para su efectiva implementación aún resta conocer la reglamentación.
nosis