https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=3ab76eea9c&view=att&th=1648a6d4d6c2fa40&attid=0.1&disp=safe&zw
BYMADATA - Cotizaciones en Tiempo Real | BYMA Bolsas y Mercados Argentinos

BANCO CENTRAL , Puntos centrales del proyecto

El proyecto que modifica la Carta Orgánica del Banco Central otorga mayores funciones a esa entidad, como las de promoción de la economía real y una mayor regulación a las entidades financieras.



El texto original enviado por el Poder Ejecutivo el 1 de marzo y anunciado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, recibió una serie de modificaciones, en el marco de un plenario de comisiones realizado la semana pasada en la cámara baja.

El proyecto, que consta de 24 artículos, establece que se pasaría de un Banco Central que hasta hoy formalmente tiene mandato único -el de preservar el valor de la moneda-, a uno con triple mandato, en el que se incorporan la estabilidad financiera y el desarrollo económico con equidad social, acorde con el nuevo modelo económico y a las nuevas tendencias internacionales.

En el texto se faculta expresamente al Central a regular y orientar el crédito -recupera su rol histórico previo a la Convertibilidad- a través de las instituciones de sistema financiero, para promover la inversión productiva de largo plazo.

El kirchnerismo mantuvo el texto del dictamen de mayoría con las modificaciones aprobadas durante el debate en comisión y sólo realizó un cambio de redacción técnica a último momento en el artículo 11, que modifica el 20 de la Carta Orgánica del BCRA, a propuesta del diputado del FPV, Roberto Feletti.

El artículo 20 permite al banco hacer adelantos transitorios al gobierno nacional de "hasta un 20 por ciento de la base monetaria, con carácter excepcional, por un plazo de 18 meses".

De esta manera, se precisó que "con carácter excepcional y si la situación o las perspectivas de la economía nacional o internacional así lo justificara, podrán otorgarse adelantos transitorios, por una suma adicional equivalente a, como máximo, el 10 por ciento de los recursos en efectivo que el gobierno nacional haya obtenido en los últimos 12 meses".

Esa facultad "excepcional podrá ejercerse durante un plazo máximo de 18 meses. Cumplido ese plazo, el Banco Central no podrá otorgar al Gobierno nacional adelantos que incrementen este último concepto".

Los adelantos transitorios al Tesoro Nacional del 12% sobre la base monetaria y del 10% -como máximo- de los recursos en efectivo que el Gobierno haya obtenido en los últimos 12 meses no fueron modificados, a pesar de las críticas de la oposición.

Entre las modificaciones incorporadas en el debate en comisión al texto original, se incluyó en el artículo tres a la promoción del "empleo" como una de las nuevas finalidades de la entidad, además de bregar por la "estabilidad monetaria, financiera y el desarrollo económico con equidad social".

"Regular la cantidad de dinero, las tasas de interés y regular y orientar el crédito", establece el inciso B del artículo 4 de la propuesta, en la que además se fijaron modificaciones a otros tres incisos del punto 14.

Uno de ellos autoriza al Central a la "apertura de sucursales y otras dependencias de entidades financieras y los proyectos de fusión de estas, propendiendo a ampliar la cobertura geográfica del sistema, atender las zonas con menor potencial económico y menor densidad poblacional y promover el acceso universal de los usuarios a los servicios financieros".

Por otro lado, el inciso R del artículo 14 habilita a la entidad a "regular las condiciones de crédito en términos de riesgo, plazos, tasas de interés, comisiones y cargos de cualquier naturaleza, como orientar su destino por medio de exigencias de reservas, encajes diferenciales u otros medios apropiados".

De igual forma, el inciso W de ese mismo punto hace referencia a la potestad del BCRA de "establecer políticas diferenciadas orientadas a las pequeñas y medianas empresas y las economías regionales".

Por otra parte, el artículo 42 establece que "incumbe al banco, además, compilar y publicar regularmente las estadísticas monetarias, financieras, cambiarias y crediticias".

TELAM