El Banco Central de la República
Argentina (BCRA) restituyó una cláusula que establece que, tras el
fallecimiento de un empleado, un familiar podrá reemplazarlo en el puesto
laboral. La medida generó críticas de diputados opositores y de economistas
por contratación favorecida.
De acuerdo con fuentes oficiales al diario La Nación, comunicaron que
"ante una situación de vulnerabilidad frente al fallecimiento del sostén de
familia, el banco puede considerar el ingreso a solicitud del hijo hasta 25
años o del cónyuge si tiene hijos menores de edad".
Desde BCRA, aclararon que no es obligatorio el derecho y que los ingresantes
deben cumplir los requisitos de ingreso y de idoneidad.
La medida se vincula con el artículo 59 en el Convenio Colectivo de los
Bancarios, que dice: "En caso de muerte del empleado en actividad, padre de
familia, uno de los hijos que hubiere estado a su cargo podrá optar por
ingresar a la empresa, siempre que reúna las condiciones de ingreso
establecidas, a satisfacción del banco y existiendo vacante en la escala
inicial".
Agencia CMA Latam