La empresa Facebook Argentina SRL fue
sancionada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en
Consumo (DNDC) por un total de $5.000.000 debido a cláusulas abusivas en su
política de privacidad del servicio Whatsapp de mensajería instantánea.
La sanción fue establecida por la DNDC luego de determinar que las
cláusulas de Whatsapp no cumplen con el deber de brindar información clara y
resultan abusivas, ya que la firma se desliga de sus obligaciones al limitar su
responsabilidad por daños, restringir los derechos del consumidor.
"Esto le otorga a la firma la interpretación exclusiva del contrato y le
concede la facultad de modificar unilateralmente los términos del mismo, al
mismo tiempo que la autoriza a rescindir el contrato sin causa y sin que medie
incumplimiento del consumidor", explicó el organismo argentino.
Por otra parte, se detectó una cláusula de prórroga de jurisdicción que
le otorga al proveedor la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente
para la resolución de conflictos, cuando la normativa establece lo contrario.
En este caso, los usuarios de Argentina deberían ante un conflicto recurrir
exclusivamente al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito
Norte de California o un Tribunal Estatal ubicado en el condado de San Mateo en
California.
Agencia CMA Latam