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SANCIONES 45 días de arresto para el exjefe de la Armada por el hundimiento del ARA San Juan

 La sanción es contra el almirante Marcelo Srur por haber informado en forma “incompleta” al Ministerio de Defensa los sucesos acontecidos con el submarino. El Consejo General de Guerra determinó las responsabilidades de altos oficiales. Arrestos, destituciones y absoluciones.


Tal como estaba previsto, el Consejo General de Guerra determinó este lunes las responsabilidades de altos oficiales por el hundimiento del submarino ARA San Juan. 

En ese marco, el tribunal resolvió sancionar con 45 días de arresto al exjefe de la Armada Marcelo Srur. La sanción es por haber informado en forma “incompleta” al Ministerio de Defensa los sucesos acontecidos con el submarino ARA San Juan, “impidiendo de esta forma también proporcionar información a los familiares de los tripulantes, con el agravante de no comparecer ante la opinión pública demostrando falta de compromiso y diligencia, con el consecuente menoscabo institucional de la imagen de la Armada Argentina”, según se precisó en la resolución difundida por el Ministerio de Defensa.

El Consejo de Guerra está conformado por el jefe y el subjefe del Estado Mayor Conjunto (EMCO) de las Fuerzas Armadas, el general Juan Martín Paleo (Ejército) y el brigadier Pedro Girardi (Fuerza Aérea), ambos en condición de vocales, mientras que lo preside un funcionario civil, el secretario de Estrategia y Asuntos Militares Sergio Rossi por delegación expresa del ministro Agustín Rossi.

En el caso de la desaparición y hundimiento del ARA San Juan, el Consejo de Guerra analizó desde el miércoles 25 de noviembre último, en audiencias celebradas en el Edificio Libertador (sede de la cartera de Defensa), la conducta y responsabilidad frente al hecho del exjefe de la Armada Marcelo Srur (a quien el exministro de Defensa Oscar Aguad le pidió el pase a retiro en diciembre de 2017) y del exjefe de la base naval de Puerto Belgrano, contralmirante Luis López Mazzeo, entre otros oficiales de la Armada.

Las otras resoluciones del Consejo: 

El contraalmirante Luis Enrique López Mazzeo fue sancionado con 60 días de arresto riguroso en virtud del procesamiento que rige en su contra en la causa penal. Además, se dispuso una sanción a 15 días de arresto riguroso por “no haber dado cumplimiento a la orden impartida por el Jefe de Estado Mayor General de la Armada, de no ausentarse de la sede de su Comando juntamente con su Oficial de Operaciones, pese a estar en conocimiento de la avería inicial del submarino ARA SAN JUAN, con el agravante de hacerlo para supervisar actividades de carácter subsidiario en el noreste del país”.

Y otra a 10 días por “haber informado en forma tardía la novedad que le fuera transmitida respecto de la avería inicial sufrida por el submarino ARA SAN JUAN al Jefe de Estado Mayor General de la Armada”. Para la aplicación de la pena, se toma la de mayor duración (en el caso de Mazzeo, la de 60 días).

El contraalmirante Eduardo Luis Malchiodi fue absuelto, en virtud de la falta de mérito decretada en la causa penal.

El capitán de navío Carlos Ferraro fue beneficiado con la extinción de la acción disciplinaria.

El capitán de navío Claudio Javier Villamide fue destituido, al ser considerado “negligente en su accionar al evidenciar falta de cuidado o descuido de la tropa y equipamiento a su cargo, al no haber ordenado ni recomendado expresamente al Comandante del ARA SAN JUAN la conveniencia de permanecer en superficie por un período limitado, manteniendo una comunicación a intervalos hasta definir un modo de acción que permitiese una navegación segura de regreso a puerto. Asimismo, no adoptar medidas en el ámbito de su Comando para convocar en forma urgente a su Estado Mayor y a otros especialistas a efectos de analizar exhaustivamente la situación y profundizar en la búsqueda de la mejor solución, a fin de brindar un apoyo eficaz a la Unidad”.

El capitán de navío Héctor Aníbal Alonso fue sancionado con 30 días de arresto riguroso por “no haber constituido en la sede del Comando de la Fuerza de Submarinos ni haber convocado de inmediato a los integrantes del Estado Mayor, a los fines de analizar la situación y prestar asesoramiento al Comandante, del cual constituía su relevo natural, en virtud de lo establecido en el artículo 12 del Anexo IV de la Ley N° 26.394″.

El capitán de fragata Hugo Miguel Correa fue sancionado con 30 días de arresto riguroso en virtud del procesamiento dictado en la causa penal.

El capitán de Corbeta Jorge Andrés Sulia fue absuelto.



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