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Estos son los requisitos que imponen las provincias para ingresar a sus territorios

 Con el regreso de micros  de larga distancia y vuelos de cabotaje, cada provincia estableció sus propias reglas a la hora de permitir el ingreso de personas, residentes o no en sus territorios. Según el Gobierno Nacional, esta es la situación vigente al jueves 22 de octubre, recordando que en principio solo se permite el movimiento de personal esencial y de aquellos que necesitan trasladarse por razones médicas.

  • Chaco: solicita que los vuelos hacia esa provincia sean a partir del 25 de octubre. Se requiere que quien quiera hacer uso de tal opción obtenga el permiso provincial propuesto en el programa denominado “Volver a Casa” ingresando a la página https://gobiernodigital.chaco.gob.ar/login. Limitaciones propias del art. 11 del DNU N° 792/20. Además, el horario de llegada a la provincia deberá respetar la alarma sanitaria establecida, la cual es entre las 7 y 21 horas.
  • Chubut: presta conformidad a que los servicios de transporte, tanto aéreo como terrestre, ingresen al territorio y no informa requisitos.
  • Córdoba: presta conformidad a que los servicios de transporte, tanto aéreo como terrestre, ingresen al territorio de la provincia de Córdoba. Requisitos para abordar un vuelo con destino esta provincia: los pasajeros que pretendan usar estos servicios deberán portar el Certificado Unico Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19 y/o el instrumento sustitutivo o complementario que la normativa vigente requiera. Descargar la APP Cuidar y proceder al correcto llenado y actualización de los datos requeridos por la misma, incluyendo la declaración Jurada por coronavirus.

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  • Corrientes: los pasajeros deberán solicitar el permiso de ingreso de manera online a través del sitio web https://permisos.corrientes.gob.ar/permisos. Requisitos: motivo de la solicitud del permiso, DNI, número de trámite de DNI, nombre y apellido, fecha de nacimiento, mail, teléfono, resultado negativo por PCR menor a 48 horas. En caso de no contar con esto tendrán que pagar vía online de un testeo por los medios electrónicos que el sistema pone a disposición del solicitante, control que se realizará en el lugar de ingreso.
  • Jujuy: los pasajeros deben contar con Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19 y descargar la APP Cuidar. Los que no tengan residencia en Jujuy deben poseer obra social que tenga prestación en dicho territorio o, en caso contrario, contratar un seguro de viajero
  • La Rioja: presta conformidad para reanudación de servicios aéreos a partir del 19 de octubre. Informa que se realizará control médico obligatorio en el Aeropuerto a los pasajeros al momento de su llegada. Además, se les solicita que cuenten con certificado de PCR o test rápido de antígenos con resultado negativo menor a 72 horas.
  • Mendoza: presta conformidad con la mayor cantidad de frecuencias que la logística dispuesta en conjunto con las empresas y con las personas que necesiten o pretendan viajar a la provincia por motivo alguno.
  • Misiones; solicita con prontitud, autorizar la apertura progresiva del Aeropuerto de Iguazú, pensando a futuro en el turismo de cabotaje dentro del país. Requiere certificado de Covid-19 negativo menor a 48 horas. Y en caso de no contar con el mismo se deberá realizar el Test rápido o PCR bajo su exclusivo gasto. Toda persona que ingrese al territorio provincial deberá utilizar los mecanismos electrónicos de geolocalización y auto test establecidos.

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  • Neuquén: vuelos restringidos únicamente para pasajeros de actividades esenciales; personas en tratamiento médico o repatriados con domicilio en la provincia que tengan como destino final alguna de las siete localidades que registran transmisión comunitaria de coronavirus. Los pasajeros deberán portar Certificado de Circulación Cuidar para actividades esenciales, y/o constancia de turno médico, someterse a control de síntomas (temperatura) antes de la partida y al arribo del vuelo. Las aerolíneas deberán presentar listado de pasajeros y tripulación que incluya datos de contacto y ubicación dentro del vuelo. Los repatriados deberán acreditar domicilio en Neuquén. Se deberá buscar un esquema de programación de los vuelos que evite la superposición de las frecuencias en la llegada y en la partida; a fin de evitar aglomeración de personas en el Aeropuerto de la Ciudad de Neuquén.
  • Rio Negro: informa que los pasajeros deberán presentar Certificado Covid-19 negativo realizado con un máximo de 48 horas de antelación a los traslados, como así también deberá ser controlada la temperatura previo al ascenso a las aeronaves. Asimismo, los pasajeros deberán completar una planilla con carácter de declaración jurada que deberá contener sus datos personales y la información relativa al itinerario previsto (Nombre y apellido, DNI, teléfono de contacto, lugar de residencia, domicilio de alojamiento en Río Negro, motivo del viaje, fecha de regreso, etc.). A los fines de su recepción, dispondrán personal en los Aeropuertos. En el mismo sentido, y al momento de ingreso a la provincia, las personas serán sometidas al examen de los signos vitales por parte del personal sanitario afectado a los operativos de control dispuestos en distintos puntos de nuestra geografía.
  • Salta: pide certificado de PCR negativo. Todas las personas que ingresen en territorio salteño, incluyendo el transporte de cargas, deberán como condición necesaria y previa a su ingreso, descargar la APP Salta Covid. Las personas que deseen Ingresar a territorio salteño deberán contar además con el Certificado de ingreso del Registro Único de Ingreso a Salta - RUIS obtenido a través de la web: covid19.salta.gob.ar. Toda persona que cuente con IgG Positivo está exenta de realizar aislamiento de ingreso a la provincia con vigencia por 90 días. Se deberá solicitar para todos los casos una declaración jurada al ingreso sobre las condiciones sanitarias de la persona que ingresa, en la cual certifique estar libres de síntomas compatibles con coronavirus y no haber tenido contacto estrecho de un paciente confirmado en los últimos 14 días previos al ingreso.

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  • San Juan: requiere para el ingreso el certificado de PCR negativo menor a 72 horas, exceptuando los menores de seis años. Además, se exige exhibir el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19 o la app Cuidar. Cumplir estrictamente con lo previsto en el Protocolo Provincial Covid-19 según el tipo de transporte utilizado. Además, se solicita la reanudación de los servicios entre San Juan y Buenos Aires que prestaba Aerolíneas Argentinas conforme la programación que la misma empresa realiza.
  • San Luis; se presta conformidad para las para personal esencial y razones de salud. Para los pasajeros que ingresen/egresen de la provincia será requisito indispensable portar la autorización de ingreso/egreso gestionada a través de www.sanluis.gov.ar/coronavirus/, la que deberá ser acreditada y visada previo a embarque por personal autorizado. Es obligación inexcusable de la empresa prestataria del servicio de transporte verificar el estricto cumplimiento del presente protocolo antes del embarque de cada pasajero. En caso de incumplimiento, será responsable de los daños y perjuicios que pudiere generar, debiendo además regresar al pasajero al lugar de origen, asumiendo todos los gastos y costos que ello implique. Se solicita autorización para que en la zona de pre embarque de la línea área, se faculte la presencia de una persona de la jurisdicción (recurso humano aportado por la provincia) a modo de control previo al embarque.
  • Santa Cruz: sujeto a la autorización de cada COE local de la capacidad de garantizar el control y el aislamiento de 14 días en hotel o dispositivo de aislamiento determinado a tal fin. Los pasajeros que ingresen a la provincia deberán certificar que sean efectivamente habitantes de Santa Cruz con domicilio en la localidad de destino, dando tratamiento especial y definido por la autoridad sanitaria provincial a aquellos casos especiales y de excepcionalidad que por razones estrictamente familiares o de salud deban realizar algún tipo de movimiento para lo cual, estos se encuentran supeditados al análisis y autorización. Los pasajeros, previo al traslado, deberán contar con: Certificado Unico Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19, permiso provincial emitido en la página circulación.santacruz.gob.ar y estudio de PCR negativo dentro de las 48 horas previas al traslado.

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  • Santiago del Estero: presta conformidad para aquellas personas que se encuentren habilitadas por el art. 11 del DNU N° 792/20. Establece un protocolo especifico que aplicarán los organismos encargados de coordinar los traslados, donde se les informará toda la parte operativa y los requerimientos específicos para cada empresa, como así también toda la documentación necesaria y los requisitos con los que deberán contar los usuarios del servicio. Los pasajeros deberán presentarse de manera obligatoria para solicitar su pasaje con DNI e hisopado negativo de hasta 72 horas, antes avalado por el SIISA (Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina). Al ingreso a la provincia se realizará un control a los pasajeros de temperatura y olfato, test de diagnóstico rápido, DDJJ que deberá firmar y tener descargada en su teléfono móvil la aplicación provincial CUIDAR SE para el seguimiento de los pasajeros que se hayan trasladado.
  • Tierra del Fuego: se permite el ingreso de pasajeros residentes en la provincia provincia o aquellas personas no residentes que cuenten con la autorización correspondiente del COE, que todos los pasajeros que se hayan realizado el test de PCR hasta 72 horas antes del vuelo y remitan el resultado negativo a la siguiente dirección de correo electrónico: demandasinmediatascasatdf@gmail.com a efectos de que se le otorgue el permiso correspondiente por parte de la Casa Tierra del Fuego.
  • Tucumán: los pasajeros que ingresen al territorio provincial deben completar una declaración jurada de Salud de pasajeros y tripulación, en la cual aseguren no tener ningún síntoma compatible con Covid-19, hacerse una Prueba RT - PCR no detectable para coronavirus 72 horas previas al inicio del viaje. En caso de haber padecido coronavirus, certificado médico que acredite su recuperación. Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19. La provincia se encuentra con restricciones a la circulación interjurisdiccional, y solo pueden circular aquellos que cuenten con el respectivo Certificado Único Habilitante para Circulación.

No hay información con respecto a lo establecido en Entre Ríos, Formosa, La Pampa y la provincia de Buenos Aires. 



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