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Contribuyentes que no pagan Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales
Enero 2021
Una vez finalizado el año calendario se habilitará la posibilidad de solicitar la devolución de las percepciones practicadas entre el 16 de septiembre y 31 de diciembre.
Contribuyentes que pagan Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales
Abril 2021
En el caso de empleados en relación de dependencia, cuando el empleador realice la declaración jurada. Si quedara saldo, deberá reclamarse a AFIP o tomarlo a cuenta de Bienes Personales (si tributara ese impuesto).
Junio 2021
Otros contribuyentes, podrán establecer a cuenta el reintegro al momento de complementar la declaración jurada anual de dichos impuestos en junio, fecha en la que se suele presentar.
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¿Qué se necesita para pedir la devolución del 35 % de retención ?
- Tener CUIT o CUIL
- Tener “Clave Fiscal”
- Informar a la AFIP una CBU para hacer la transferencia.
El organismo realizará validaciones y controles sistémicos. Si el pedido es correcto, procederá a la devolución. Se controlará que el contribuyente no registre bienes o activos que estén sujetos al pago del impuesto sobre Bienes Personales.