El gobierno argentino decidió
prorrogar hasta el 31 de diciembre la prohibición de interrumpir por falta de
pago la prestación de servicios públicos a los usuarios. La medida -
anunciada hoy por la Casa Rosada - había sido establecida mediante el decreto
311/20 publicado en marzo en el marco de la emergencia por la pandemia de
coronavirus.
Por otro lado, también se amplió de seis a siete la cantidad de facturas
impagas que pueden tener los usuarios de los servicios de energía eléctrica,
gas, agua, telefonía fija o móvil e internet y TV paga. Además, se extiende
también hasta fin de año la obligación de las empresas de telefonía fija o
móvil, internet y TV paga de mantener un servicio reducido en caso de falta de
pago.
"La norma busca, de acuerdo a los fundamentos del decreto que la dispuso,
'garantizar -en el marco de esta emergencia- el acceso a esos servicios,
los que constituyen medios instrumentales para el ejercicio de derechos
fundamentales (tales como a la salud, a la educación o la alimentación)'",
explicó el comunicado.
La medida alcanza a beneficiarios y beneficiarias de la Asignación
Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, a quienes perciban
Pensiones no Contributivas y tengan ingresos mensuales brutos no superiores a
dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), a usuarios inscriptos y
usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social, a jubilados y
jubiladas
de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVyM.
También abarca a monotributistas de categorías cuyo ingreso anual
mensualizado no supere en dos SMVyM, a usuarios y usuarias que perciben seguro
de desempleo, personas electrodependientes, a quienes estén dentro del Régimen
Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares y a exentos
en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
Además, se benefician de esta medida las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia, las Cooperativas de Trabajo o
Empresas Recuperadas inscriptas en INAES, las instituciones de salud, públicas
y privadas, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y
distribución de alimentos.
Agencia CMA Latam