Las compañías
multinacionales deberían evaluar el impacto potencial de los dos nuevos
convenios tributarios que el gobierno argentino firmó este año con Luxemburgo y
Japón para evitar la doble tributación internacional”, según evaluaron los
especialistas de Tax & Legal de PwC Argentina Ignacio Rodríguez y Juan Manuel Magadan.
“Es importante tener en cuenta las
consecuencias que derivarían de la entrada en vigencia del convenio con Japón en
otros firmados por Argentina, dado que las alícuotas reducidas en concepto de
retenciones de impuesto a las ganancias sobre los pagos por prestación de
servicios de asistencia técnica - 10% o
15% en la mayoría de los convenios – podrían reducirse en algunos de ellos al
0%, debido a la aplicación de la cláusula de la nación más favorecida”, señaló Ignacio
Rodríguez, socio de PwC Argentina a cargo de International Tax.
En ese
marco, agregó: “Los grupos multinacionales deberían monitorear la negociación de nuevos
convenios, así como también el impacto del instrumento multilateral (MLI, por
sus siglas en inglés) en los convenios bilaterales existentes”.
Convenio para evitar la doble imposición
entre Argentina y Luxemburgo
En abril de 2019, los gobiernos de
Argentina y Luxemburgo suscribieron un nuevo convenio para evitar la doble
imposición, junto con un protocolo anexo, cuya ratificación aún está pendiente
que, en gran medida, se ajusta al Modelo de Convenio post-BEPS de 2017 de la
OCDE, y destaca la inclusión del Test de Propósito Principal como disposición
general anti-abuso. El mismo introduce el beneficio sobre las retenciones de
impuestos en el país de residencia en pagos de intereses, regalías y servicios
de asistencia técnica y dividendos, entre otros.
Con respecto al impuesto a las ganancias
de capital, el convenio podrá estipular una plena exención en el país en el
caso de una transferencia indirecta de acciones argentinas (excepto para una
entidad en nuestro país cuyo valor deriva mayormente de propiedad inmueble). En
cuanto a la eliminación de la doble imposición, nuestro país adoptó el
mecanismo de crédito, mientras que para Luxemburgo aplica el método progresivo
para la exención.
Convenio para evitar la doble imposición
entre Argentina y Japón
El 27 de junio de 2019, en la ciudad de
Osaka, las autoridades de Argentina y Japón suscribieron el primer convenio
para evitar la doble imposición entre ambos países. A los efectos de su entrada
en vigor, aún se encuentran pendientes aprobaciones internas y el posterior
intercambio de documentos correspondientes a su ratificación.
Al igual que el convenio con Luxemburgo,
sigue el modelo de la OCDE (post-BEPS) y adopta el Test de Propósito Principal
como disposición general anti-abuso. Al igual que otros convenios basados en el
modelo de la OCDE, este convenio incluye la exención de las retenciones sobre
dividendos, como así también sobre pagos de intereses y regalías.
En particular, la definición de regalía
incluida en el tratado excluye pagos por prestación de servicios de asistencia
técnica (lo que, en principio, estaría cubierto en las disposiciones del artículo
sobre beneficios empresariales). “Esto
podría ocasionar un impacto significativo en ciertos convenios existentes
firmados entre Argentina y países miembro de la OCDE, ya que el tratamiento
otorgado a los pagos por asistencia técnica en virtud del convenio con Japón
(una vez que esté vigente) aplicará automáticamente a aquellos convenios en los
que la cláusula de la nación más favorecida cubre la prestación de asistencia
técnica”, manifestó Juan Manuel
Magadán, director de Impuestos y Legales de PwC Argentina.
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