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TGLT S.A. ADENDA AL PROSPECTO

ADENDA AL PROSPECTO


TGLT S.A.
Obligaciones Negociables Subordinadas Convertibles en Nuevas Acciones Ordinarias
Por un monto de hasta US$ 150.000.000 con vencimiento en el año 2027

Se comunica al público inversor que la presente adenda modifica ciertos términos y condiciones establecidos en el prospecto de fecha 10 de julio de 2017 (el “Prospecto”), publicado en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) de la misma fecha, en el Boletín electrónico del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”), (www.mae.com.ar/mpmae), y en la Autopista de la Información Financiera (“AIF”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), en relación con las Obligaciones Negociables Subordinadas Convertibles en Nuevas Acciones Ordinarias por un monto de hasta US$150.000.000 con vencimiento en el año 2027 (las “Obligaciones Negociables Convertibles”) a ser emitidas por TGLT S.A. (la “Compañía”), cuya oferta pública fue autorizada por la CNV mediante Resolución N°18.773 de fecha 13 de junio de 2017. Todos los términos en mayúscula que no estén definidos en la presente adenda tienen el significado que a ellos se les asigna en el Prospecto.

La información incluida en el presente se encuentra referida a, y deberá ser completada con, la información contenida en el Prospecto y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables Convertibles, que se encuentran a disposición de los interesados en el domicilio de la Compañía sito en Av. Scalabrini Ortiz 3333, piso 1, (C1425DCB) Ciudad de Buenos Aires, Argentina (Atención: Rodrigo Javier Lores Arnaiz, teléfono 011-4890-5411, e-mail: inversores@tglt.com), y en su versión electrónica en la AIF de la CNV y en el sitio web institucional de la Compañía (www.tglt.com/ri). Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en dicho documento antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables Convertibles.


Por la presente, se informa que teniendo en cuenta que en la portada del Prospecto se hace referencia a que el Precio de Conversión se ajusta en caso de un IPO en EEUU, incluyendo hasta la fecha de cierre del mismo, la Compañía ha decidido aclarar y modificar lo consignado en la definición “Conversión Obligatoria” y “Derechos de Conversión”.
En tal contexto, el apartado Conversión Obligatoria de la Sección “XI DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACION” queda reemplazado por el siguiente. “Conversión Obligatoria. Si la Compañía realizara una oferta pública inicial de sus Nuevas Acciones Ordinarias (u otras participaciones en el capital) en los Estados Unidos (un “IPO” (por su sigla en inglés) en EE. UU.), en la fecha del IPO en EE.UU, todas las Obligaciones Negociables Convertibles, se convertirán automáticamente en Nuevas Acciones Ordinarias o ADRs (a opción del Tenedor) al Precio de Conversión, ajustado a la fecha de cierre del IPO (inclusive)”.
Como consecuencia de la corrección anterior, la Compañía ha decidido aclarar y modificar lo consignado en el párrafo noveno acápite (ii) del apartado “Derechos de Conversión” de la sección “XI. DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACIÓN” del Prospecto. En tal contexto, se agrega la aclaración que a continuación se destaca “(incluyendo un IPO en EE.UU. (conforme se define más adelante))”y se elimina la mención en favor de todos los tenedores”.
En virtud de la presente el párrafo noveno acápite (ii) del apartado “Derechos de Conversión” queda redactado como se lee a continuación: Derechos de Conversión. (…) (ii) la emisión (incluyendo, entre otros, las emisiones según el plan de incentivo al que se hace referencia en “Administración – Opciones de Compra” en este Prospecto (y cualquier reemplazo o sustitución) de acciones de cualquier clase de la Compañía (incluyendo un IPO en EE.UU. (conforme se define más adelante), o de derechos, opciones y/o warrants y/o de obligaciones negociables, debentures u otros títulos convertibles en acciones de cualquier clase o que pudieran ejercerse o canjearse por acciones, que les otorgue el derecho de suscribir o comprar acciones o de conversión o canje por acciones, a un precio menor que el Precio de Conversión o al precio corriente de mercado por acción de la Compañía (determinado conforme al Convenio de Fideicomiso), el que fuere menor en cada momento (…).
Salvo por lo aquí modificado, se ratifica y confirma los términos y condiciones descriptos en el Prospecto.
En consecuencia, la presente Adenda debe ser leída conjuntamente con el Prospecto de fecha 10 de Julio de 2017.


Oferta Pública autorizada por Resolución Nº 18.773 de fecha 13 de junio de 2017 de la CNV. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto ni en la presente adenda. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Compañía y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración de la Compañía manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Compañía y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.


Colocador Local
Banco Itaú Argentina S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral
Matrícula Nº 70 de la CNV
La fecha de la presente adenda es 25 de julio de 2017.


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Carlos Alberto Palazon Mariano Sebastian Weil

Subdelegado Subdelegado