La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó la figura del ‘Hacedor de Mercado‘, persona que tiene como objetivo garantizar la liquidez de las transacciones en un mercado secundario, y suavizar las fluctuaciones de precios, con lo que cumple una función de acomodación entre oferta y demanda.
Esta figura puede existir en cualquier clase de mercado financiero, sea de renta fija, de renta variable, de derivados, o de divisas, y allí se suelen mezclar las operaciones pequeñas con las de escalas mayores.
Los mercados tendrán que llevar, en su ámbito, el respectivo registro de Hacedores de Mercado y la reglamentación correspondiente deberá ser presentada a la CNV para su previa aprobación.
En los considerandos de la resolución general 673/2016 publicada hoy en el Boletín Oficial se califica como “positiva” la experiencia observada en otros países en relación a la figura.
“Se advierte que la inclusión de este actor en el mercado contribuye a lograr una mayor liquidez y competitividad generando precios en forma continua y profunda así como morigerando las oscilaciones bruscas y aumentando el volumen de los registros”, dice la resolución.
En la normativa además de la definición de la figura, se detalla su actuación y se disponen las pautas mínimas de su actividad.