La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la extensión hasta el 30 de junio del plazo para adherir al plan de facilidades de pago y regularizar las deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la Seguridad Social contraídas hasta febrero último.
Mediante la Resolución General 3774 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo que comanda Ricardo Echegaray señaló que si bien la adhesión al régimen fue "exitosa", consideró oportuno ampliar en 30 días el plazo de inscripción.
El plan de financiamiento para deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social fue activado a fines de marzo pasado por medio de la Resolución General 3756 y permite a los contribuyentes regularizar impuestos adeudados en hasta 120 cuotas, con una tasa de 1,9 por ciento mensual y un pago inicial del 7 por ciento del total de la deuda.
Para adherirse al plan los contribuyentes deberán tener la misma cantidad de empleados declarados que tenían al 31 de diciembre de 2014 y haber cumplido con las obligaciones "corrientes" posteriores al 28 de febrero.
El esquema abarca deuda por IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de la seguridad social, contribuciones de la seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades que hayan caducado al 31 de marzo último.
El plan de financiamiento para deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social fue activado a fines de marzo pasado por medio de la Resolución General 3756 y permite a los contribuyentes regularizar impuestos adeudados en hasta 120 cuotas, con una tasa de 1,9 por ciento mensual y un pago inicial del 7 por ciento del total de la deuda.
Para adherirse al plan los contribuyentes deberán tener la misma cantidad de empleados declarados que tenían al 31 de diciembre de 2014 y haber cumplido con las obligaciones "corrientes" posteriores al 28 de febrero.
El esquema abarca deuda por IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de la seguridad social, contribuciones de la seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades que hayan caducado al 31 de marzo último.