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UN CÓDIGO QUE NACE CON MALOS AUSPICIOS. Por Jorge R. Enríquez

A la manera kirchnerista, sin debate, por la prepotencia del número, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva al nuevo Código Civil y Comercial.
Es inconcebible que un cuerpo normativo tan importante, que reemplaza al que rigió por más de 140 años, se apruebe de esa forma, mediante un dudoso trámite parlamentario, en virtud del cual la Cámara de Diputados lo aprobó, sin que pudieran intervenir las comisiones permanentes del cuerpo competentes en la materia.
Se arguye falazmente que esto no era necesario porque ya había participado una Comisión Bicameral encargada del estudio de la norma propuesta por el Poder Ejecutivo, pero al introducir modificaciones el Senado ello requería que las comisiones de la Cámara Baja produjeran los dictamenes de rigor o que se soslayara ese procedimiento constituyendo al leano del Cuerpo en comisiòn con mayorìa de los dos tercios de sus miembros. Ni lo uno ni lo otro.
El nuevo Código nace, además, con un vicio de origen. Que el anteproyecto haya sido elaborado por una comisión presidida por dos miembros de la Corte Suprema afecta la división de poderes.
¿Acaso, no va a tener un fuerte condicionamiento en las resoluciones de los jueces de las distintas instancias y fueros que los doctores Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco hayan sido los codificadores?. ¿Es concebible que dichos magistrados acojan favorablemente un planteo de inconstitucionalidad que eventualmente llegue a la Corte respecto de algunos de los artículos del Código?
Y esto no es un mero ejercicio teórico, porque seguramente la primera cuestión en la cual deberán pronunciarse no va a ser, precisamente, sobre el contenido normativo del nuevo cuerpo legal, sino sobre la constitucionalidad de la propia sanción del Código, respecto de la cual, como queda dicho, hay serias objeciones en cuanto al procedimiento empleado.
Todos estos vicios se profundizan si agregamos que ya fueron preparados, con la dirección de Lorenzetti, los volúmenes con comentarios al Código que comenzará a regir en enero de 2016. Vale decir que un juez del más Alto Tribunal de la Nación hace la ley, la comenta y más tarde la interpreta. Reprochable, desde todo punto de vista.
Nadie niega que era necesario ir actualizando las normas civiles ni que careciera de justificación la distinción entre obligaciones civiles y comerciales, así como el hecho que las sucesivas modificaciones y leyes complementarias que se dictaron en la materia le fueron restando unidad y carácter sistemático a la obra de Dalmacio Vélez Sarsfield. Pero un código de esta envergadura no se puede aprobar así, sin un estudio pormenorizado y sin que se tomen en cuenta las opiniones de los más valiosos profesionales del derecho.
El Código Civil tiene que ser sentido por toda la comunidad como algo propio, no como una norma dictada de apuro por un gobierno crepuscular.
Lo razonable sería que, luego de las próximas elecciones, una nueva mayoría parlamentaria derogara o suspendiera la aplicación de una ley aprobada sin el necesario consenso.
No es este el lugar para abordar el análisis de sus disposiciones particulares, que son vastísimas. Pero sí cabe preguntarse qué pasará con el vasto cuerpo de jurisprudencia y doctrina pacientemente labrado durante casi un siglo y medio. 
El Código Civil redactado por Vélez Sarsfield es, como toda obra humana, perfectible, pero goza de la aceptación y el respeto de la comunidad jurídica. El nuevo texto ha de tener, sin dudas, muchos aspectos positivos, pero quedan oscurecidos por esta sanción inconsulta e intempestiva. 
El kirchnerismo es siempre fiel a sí mismo. No busca persuadir, dialogar ni acordar, sino tan sólo imponer su voluntad autoritariamente. 

Dr. Jorge R. Enríquez