El Gobierno nacional decidió hoy que se especifique en los recibos de haberes, el monto que los trabajadores registrados no pagarán del Impuesto a las Ganancias en su aguinaldo de diciembre, como un beneficio de excepción que dispuso la Casa Rosada.
La Resolución General 3413 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que el beneficio "deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente al año 2012".
En ese sentido, los empleadores tendrán que identificar el importe como "Beneficio Decreto Nº 2.191/12".
La Resolución lleva la firma de Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, entró en vigencia hoy con su publicación en el Boletín.
El 14 de noviembre pasado, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner había anunciado que no se aplicaría el Impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo de diciembre, para los trabajadores registrados con sueldos brutos de hasta 25.000 pesos.
La medida fue oficializada un día después, con la publicación del decreto 2191, en el que se destacó que "es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
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