https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=3ab76eea9c&view=att&th=1648a6d4d6c2fa40&attid=0.1&disp=safe&zw
BYMADATA - Cotizaciones en Tiempo Real | BYMA Bolsas y Mercados Argentinos

UIF ajusta controles para compraventa de vehículos

La Unidad de Información Financiera (UIF) fijó hoy los procedimientos que deberán implementar quienes se dediquen a la compraventa de autos, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial, para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

La Unidad fijó un plazo de 150 días corridos a partir de que se concrete la transacción para informar sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero; y de 48 horas para cuando la transacción esté sospechada de ser proveniente del financiamiento al terrorismo.
Por otro lado, para prevenir el lavado de dinero quienes se dediquen a esta actividad tendrán que designar un oficial de cumplimiento que será el encargado de reportar las operaciones sospechosas. Y tendrán que realizar auditorías periódicas, elaborar un registro de operaciones "inusuales" y sospechosas a ser reportadas y desarrollar un sistema de "control y prevención del Lavado de Activos y financiación del Terrorismo".
En ese sentido, al inicio de la operación, los Oficiales de cumplimiento tendrán que verificar que el cliente no esté incluido en los listados de terroristas u organizaciones terroristas. Y en caso de que el monto de la transacción supere los 300 mil pesos, tendrán que pedir al cliente información sobre su situación económica, patrimonial, financiera y tributaria, que garantice que los fondos son de origen lícito y que tiene capacidad económica para realizar esa compra.
La Resolución 31, publicada hoy en el Boletín oficial, establece que quienes se dediquen a la compraventa de autos, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial tendrán que elaborar un manual de procedimiento para evitar maniobras de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
Al mismo tiempo, deberán implementar una política de identificación del cliente, a través de la cual se pueda corroborar que los compradores no pertenezcan a listados de terroristas o de organizaciones terroristas.
Por otro lado, los sujetos obligados tendrán que conservar por 10 años desde el momento en que finalice la operación, toda la información recabada sobre sus clientes, el tipo de operación que realizaron y la documentación respaldatoria. Y si la UIF los requiere, deberán enviar alguno o todos esos datos dentro de las 48 horas corridas.
En caso de incumplimiento, los operadores serán sancionados por la UIF.

nosis