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Rechazaron habilitar la feria judicial para resolver la apelación del diario La Nación

La Sala I de feria de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el pedido del diario "La Nación" para que se habilite la "feria" judicial “al solo efecto de que se tramite y resuelva, en forma urgente" la apelación que presentó contra la resolución que "dispuso la inhibición general de bienes de dicha sociedad anónima”.
En un fallo de cuatro carillas, al que Télam tuvo acceso, los camaristas Rodolfo Facio, Carlos Manuel Grecco y Marcelo Daniel Duffy, afirmaron que "no se advierte que se haya probado, con el rigor que corresponde, el tipo de afectación que exige una decisión de carácter excepcional como es la habilitación de la presente feria judicial".“La Nación” pretendía que, durante el receso de verano en la actividad de los tribunales, se tratase la apelación que presentó contra el fallo judicial que decretó su "inhibición general de bienes" por una presunta deuda de 162.043.422,56 pesos con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA)."Ello no importa –valga aclararlo- adelantar juicio alguno sobre los agravios que ensaya la aquí requirente”, dijeron los camaristas tras explicar que "la habilitación de la feria judicial comporta una decisión de carácter excepcional que debe ser aplicada restrictivamente sólo en aquellos casos que no admitan demora en su tratamiento".En ese sentido abundaron que las razones de urgencia son sólo aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos para cuya tutela se requiere la protección judicial" que, señalaron "no se encuentran acreditadas" en este caso.Los magistrados explicaron que "la inhibición general de bienes constituye una medida precautoria de índole condicional y subsidiaria que, frente a la falta de conocimiento de bienes para embargo o a la insuficiencia de los habidos, tiene por finalidad esencial impedir la movilización patrimonial de cualquier bien registrable de propiedad del deudor".
La habilitación fue pedida por "La Nación" argumentando que la inhibición de sus bienes "afecta a la imagen y el prestigio comercial de esta empresa periodística ante sus clientes, lectores, proveedores y frente al mercado editorial en general", pero los jueces sostuvieron que "no se advierte que se haya probado, con el rigor que corresponde, la afectación que exige una decisión de carácter excepcional".La medida apelada -que deberá tratarse a partir del mes de febrero próximo- fue dictada por el juzgado federal de ejecuciones fiscales tributarias uno que decretó "la referida inhibición general de bienes" frente a una "medida cautelar autónoma" solicitada por la AFIP "con invocación de una presunta deuda en concepto del impuesto al valor agregado por la suma de 162.043.422,56 pesos".

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