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Aplican multa a telecom por incumplimiento de acuerdo

Una multa le fue aplicada a la empresa Telecom en Salta, de 25.000 pesos, por el incumplimiento de un acuerdo conciliatorio luego de no entregar un teléfono vendido vía telefónica a una consumidora, que había pagado el producto.Fuentes gubernamentales informaron que la Secretaría de Relaciones Institucionales y Defensa del Consumidor de Salta, dependiente del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, multó a la empresa Telecom Personal por el incumplimiento de un acuerdo conciliatorio.La consumidora compró vía telefónica un celular de 500 pesos que pagó a través de la tarjeta de crédito, pero no recibió el equipo que había adquirido.Ante esta situación, anuló la compra pero la empresa siguió cobrándole el aparato, a pesar de las diversas comunicaciones con Telecom, además de concurrir a las oficinas de la firma, sin obtener respuesta.Por otro lado, en las oficinas de la tarjeta de crédito le informaron que no podían hacer nada porque el celular ya estaba pagado.Ante ello, la consumidora solicitó al organismo estatal que se le reintegre todo lo abonado, por lo que la firma se comprometió con la denunciante a la devolución de 500 pesos y a bonificarle el abono mensual de su línea por seis meses.Sin embargo, la empresa no cumplió, por lo que se procedió a la apertura del sumario administrativo constatándose la infracción al artículo 46 de la ley 24.240 y al artículo 10 de la ley provincial 7.402, que prevé que el incumplimiento de los acuerdos conciliatorios será considerado como una violación a la ley.Asimismo, la Secretaría de Defensa del Consumidor ordenó publicar en un medio gráfico un aviso con la síntesis de los hechos que originaron la resolución sancionatoria, el tipo de infracción y la sanción aplicada.Esta es una sanción accesoria que se sustenta en la necesidad de informar a los consumidores de las contravenciones a sus derechos, y la importancia de divulgar en los medios de comunicación las herramientas con la que cuentan para defenderse, destacando también el carácter ejemplar y disuasivo de la sanción.Además, se aplicó a favor de la consumidora daño directo, ordenando a la firma Telecom a resarcir a la misma por el monto equivalente a una canasta y media básica total para el hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC).Esto por haber quedado probado que la consumidora se vio privada del dinero abonado.- (Télam)