https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=3ab76eea9c&view=att&th=1648a6d4d6c2fa40&attid=0.1&disp=safe&zw
BYMADATA - Cotizaciones en Tiempo Real | BYMA Bolsas y Mercados Argentinos

Edesur deberá pagar $ 126 millones a usuarios

 Edesur deberá pagar un total de $ 126.980.037 como resarcimiento a 60.150 usuarios.

Que estuvieron afectados por cortes de suministro eléctrico entre el 6 y el 16 de febrero pasado.

Así lo confirmó el interventor del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Walter Martello.

Respecto de la empresa distribuidora de energía de la zona sur del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El ENRE destacó que este monto confirma la segunda multa de un conjunto de sanciones que el Ente aplicó a Edesur.

Ante la sucesión de afectaciones extraordinarias registradas entre diciembre de 2022 y marzo de 2023.

Las cuales totalizan hasta el momento más de $ 259 millones en resarcimientos que Edesur deberá pagar a 137.322 mil usuarios.

«Son sanciones a Edesur que le llegan directamente como resarcimiento a la factura del usuario”. “Que durante el verano padeció cortes por un tiempo mayor a diez horas”.

“La primera la aplicamos hace 15 días, y esta nueva por $ 126 millones» dijo por su parte Martello a Télam Radio.

En caso de que un usuario se exceda el monto del resarcimiento económico «lo van a ver reflejado en la próxima factura», explicó el funcionario.

Y además agregó que «nos resta aplicar las sanciones de los días más traumáticos”.

“Como fueron los días de marzo con altas temperaturas”.

“Y mucha cantidad de usuarios que estuvieron casi hasta 10 días sin servicio eléctrico», indicó Martello.

“Esta nueva sanción representa la suma de las bonificaciones que Edesur deberá acreditar de manera automática en las próximas facturas de los usuarios que, en el período mencionado, padecieron interrupciones del suministro eléctrico de un mínimo de 10 horas en forma continua”, precisó el ENRE.

Asimismo, explicó que “en cada liquidación del servicio eléctrico deberán figurar, en forma desagregada, la mención expresa de la resolución, el crédito determinado y, si el crédito excediera el importe a pagar, el saldo remanente que deberá ser computado en la boleta siguiente”.