La medida tomada por Massa para contener la suba de los dólares financieros choca contra algunas normativas claves previas
El decreto de necesidad y urgencia del Gobierno para efectivizar las medidas de canje forzoso de bonos para frenar la suba de los dólares financieros, aun cuando se esperaba anoche su publicación, ya empezó a generar distintas reacciones de la oposición y entre los especialistas. Algunos miembros de distintas coaliciones mencionaron la posibilidad de llevar a la Justicia la medida, que modifica la composición de las inversiones en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), a su vez un seguro para las jubilaciones.
“Es necesario que todos pongamos acciones de amparo para que se devele la naturaleza intrincada del ministro de Economía, un estafador serial”, tuiteó Elisa Carrió, dirigente de la Coalición Cívica.
La oposición por sí misma no podría anteponer esta medida, ya que se debe tener “legitimación activa” para poder reclamar ante la Justicia. Esto quiere decir que deberá justificar su perjuicio inmediato e inminente para reclamar ante un juez. Un jubilado quede muestre que repercutiráen sus haber es jubila torios mostraría su derecho a hacerlo. De lo contrario, en principio, sería rechazada automáticamente.
DNU
En primera instancia, las políticas que mencionó Sergio Massa anteayer serían aprobadas por DNU, lo que significa que deberían estar firmadas por el Presidente. Si fuera así, el instrumento legal que utilizaría el Gobierno tendría el mismo peso que una ley del Congreso y estaría dentro de los márgenes de la Constitución en cuanto a su forma.
Incluso, algunos especialistas destacaron en las últimas horas que hay puntos que chocarían con normas consideradas “madre” o claves, como la ley de administración financiera. Pero lo cierto es que un DNU no choca, sino que modifica tácitamente el contenido de esa ley, o de cualquier otra.
En consecuencia, los abogados administra ti vistas destacan que el ámbito de discusión primario, si la oposición quisiera discutir el contenido de la medida, es el Congreso.
En el ámbito del Poder Legislativo existe la Comisión Bicameral Permanente, cuyo fin es el análisis y teórico visto bueno de los DNU del Poder Ejecutivo. El problema es que desde su creación, con la reforma de la Constitución en 1994, ninguna de las cerca de 830 medidas emitidas por distintos gobiernos fue dejada sin efecto en el Congreso.
Si no hay un voto negativo de ambos cuerpos, los DNU persisten
Justamente, esta ha sido una de las principales críticas de los empresarios más importantes del país en el último Coloquio de IDEA.
Sin embargo, el contenido choca con algunas normativas claves previas. El primer punto tiene que ver con la ley que regula el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. En esta se explicita que la Anses, entidad actuante en la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, gozará de autonomía financiera y económica, estando sujeta a la supervisión de la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social creada en el ámbito Congreso. Por eso, algunos critican que Economía determine el destino de los fondos a un tipo de instrumento en particular y se obligue al organismo a desprenderse de los bonos en dólares.
Otro punto controvertido tiene que ver con la ley de administración financiera. La medida que se publica en el Boletín Oficial dice que las operaciones de canje resultantes no estarán alcanzadas por las disposiciones de la norma mencionada. Allí se establece que el Poder Ejecutivo no puede realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública en la medida que ello implique un perjuicio de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales. En consecuencia, serían nulas y quedarían sin efecto, con posibilidad de que haya responsabilidad personal de quienes las realicen.
Generaría perdidas
Los análisis de los economistas muestran que la venta de los bonos en dólares actualmente generaría una pérdida cercana a US$10 en el valor de los títulos, que fueron comprados por la Anses a cerca de US$35 y hoy están cerca de US$26. “Es difícil conciliar esta decisión con el artículo 1° de la ley del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, que establece como su finalidad la de contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo”, explicó Gastón Arcal, profesor en derecho administrativo de la Universidad Torcuato Di Tella.
Por otra parte, la Ley de Administración Financiera menciona que las operaciones de crédito público deben ser aprobadas en el presupuesto corriente. “Se aprobó sin mención de esta operación y, para poder desarrollarla, necesitan una ley. El DNU se dicta bajo circunstancias especiales donde no se puede a aprobar leyes… ya fue aprobado el presupuesto”, opinó Fernando Bearzi, director en la Escuela de Negocios UCA.
Destino de los recursos
Adicionalmente, la medida contendría una cláusula sobre el destino de los recursos resultantes; de la venta en el mercado de los bonos en dólares bajo ley local. El 70% deberá aplicarse a nuevos títulos en pesos, pero el resto iría a gastos, inversiones o aplicaciones financieras dentro del presupuesto; de cada organismo en 2023. Por lo tanto, al no modificarse las partidas de la Anses, implicaría menores transferencias del Tesoro. Si se ampliaran las partidas, el organismo recibiría más recursos este año, a costa de capital futuro.
“La habilitación para gastar dicho remanente no aparece claramente vinculada; a las previsiones presupuestarias vigentes, lo cual interpretado literalmente podría dar lugar a inversiones o gastos discrecionales. La limitación referida a los ‘objetivos, metas y actividades’ es muy laxa”, concluyó Arcal.
Fuente: La Nación