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Qué sucedió en la audiencia que convocó la Justicia uruguaya para exigir información sobre las vacunas Covid a niños

 Fuente: Vision Times en español

Este miércoles 6 de julio, el Ministerio de Salud Pública (MSP), la Presidencia uruguaya y el laboratorio estadounidense Pfizer fueron citados a una audiencia en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que se extendió por más de 6 horas y que finalmente se prorrogó para el jueves, según swissinfo.

En este sentido, este jueves 8 de julio el ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, deberá presentar las respuestas a las 18 preguntas que le realizó el juez en el marco de la indagatoria.

La intimación vino de parte del juez Alejandro Recarey, que el sábado 2 de julio convocó a una audiencia a las autoridades y a la farmacéutica Pfizer para exigir información detallada de los componentes de las vacunas administradas durante la pandemia y de los contratos firmados.

El magistrado dio lugar al recurso presentado por el abogado Maximiliano Dentone para suspender la campaña de inoculación en Uruguay «en edades pediátricas».

«Se están inoculando sustancias que no sabemos los componentes que tienen», dijo a periodistas ante el tribunal Dentone, que tildó de «manifiestamente ilegal y peligroso» el proceso de vacunación.

Desde temprano en la mañana del miércoles más de 100 personas se presentaron en las puertas del tribunal, en el centro de Montevideo, con carteles que rezaban «Los niños no se pinchan con experimentos» o «Luis, ¿vas a dejar que maten a nuestros niños inoculándolos?», en referencia al presidente Luis Lacalle Pou.

Otras pancartas decían: «Lleguemos a la verdad. Necesitamos creer en la Justicia» o «Apoyamos al juez Recarey».

El Ministerio de Salud afirmó este miércoles que respondió «la totalidad de las preguntas técnicas formuladas por el Juez» y adelantó que esta información será conocida públicamente.

Antes de la audiencia, representantes del Ministerio de Salud Pública (MSP) presentaron una recusación contra el juez Alejandro Recarey. En el documento, el Ministerio de Salud destaca la «falta de imparcialidad del juez por haber dado su opinión previa respecto a la misma temática» de la vacunación, según un comunicado difundido en Twitter. Esta recusación fue rechazada por el magistrado.

Asimismo, el Ministerio se defendió sobre la inoculación de ARNm a menores de edad diciendo que estas «tienen eficacia comprobada en ensayo» y que la administración de las dosis es voluntaria, no obligatoria.

Asimismo manifestó que este amparo incumplió los plazos pautados por ley y constituyó una «violación a la separación de poderes» por «invadir» las potestades sanitarias del Ejecutivo.

Respecto a los contratos con Pfizer, que también fueron solicitados por el juez, el Ministerio respondió que estos documentos poseen una cláusula de confidencialidad que no le permite al Estado uruguayo divulgarlos.

Finalizada la audiencia, el abogado Fernando Torres, quien asistió a Dentone, resaltó a la prensa la importancia de que los padres cuenten «con todos los elementos técnicos, científicos, para poder decidir si inocular o no a un menor de edad».

Asimismo se mostró optimista respecto a la resolución del juez «con todos los elementos de prueba que tiene a disposición».

Este jueves, las partes tendrán una nueva audiencia a las 9.00 hora local (12.00 GMT).

Las 18 preguntas que hace el juez al Ministerio de Salud

  1. Más allá de toda reserva contractual, ¿se hicieron por parte del Estado uruguayo estudios independientes de la información provista por sus fabricantes, que verifiquen la seguridad y efectividad de las sustancias vacunales en dación en Uruguay? ¿Se recurrió también a estudios independientes internacionales?
  2. Partiendo de la reserva relativa a la composición de las sustancias vacunales, ¿Cómo se hicieron, si se hicieron, los controles de identidad y calidad de cada partida de vacunas importada, una por una, a medida que iban llegando a nuestro país? En caso positivo, detalle -sintéticamente- cantidad de análisis y metodología.
  3. ¿Fueron y son iguales todas las partidas de vacunas que se inyectan? Fundamente si su respuesta nace de un efectivo conocimiento de sus componentes, o no.
  4. ¿Por qué razón se administraron distintos tipos y marcas de vacunas, a distintas franjas o estamentos poblacionales (por ej. etarias, para policías, personal sanitario, menores, etc.?
  5. ¿Hay criterios de apreciación diferencial acerca de la efectividad y seguridad para las distintas marcas (Pfizer, Sinovac o Coronavac)?
  6. ¿Qué vacuna se inyecta a los menores, y cuales son los criterios científicos comprobados que llevan a preferirla a otras?
  7. ¿Hizo el MSP un seguimiento de vacunados y de un grupo de control de no vacunados para conocer tasas de infección, reinfección y muerte en ambos grupos, obteniendo datos de valor estadístico y generalizables? En caso positivo ¿Cuál fue, dónde puede examinarse, quien y cómo lo hizo?
  8. Sabido es ya que las vacunas, o algunas de ellas, contienen la denominada “proteína espiga (Spike)”. ¿Le consta a Ud. si su inoculación tiene efectos adversos -a corto, mediano y largo plazo- sobre la estructura del sistema inmunitario natural de las personas (en general y en especial en los niños)? ¿Genera riesgo de autoinmunidad?. En caso de que le conste que carece de efectos negativos, ¿en base a qué estudios? Si se hubieran analizado estudios al respecto por el MSP (o cualquier otra autoridad sanitaria nacional), ¿Cuáles fueron éstos en concreto, cuál su procedencia y quiénes sus autores?
  9. ¿Le consta si la “proteína espiga (Spike)”, tiene de por sí algún nivel de toxicidad? En caso de que le conste que no, ¿en base a qué informaciones?
  10. ¿Es el Covid-19, SarsCov-2, una enfermedad definible como alta o significativamente agresiva para los niños? ¿Les causa, promedialmente, efectos graves? ¿O hay predominancia de efectos leves en la población infantil? De afirmarse gravedad estadística en los antedichos efectos, ¿en base a qué estudios se lo hace?
  11. ¿Se ha estudiado, a nivel estatal nacional, la correlación entre la ocurrencia de la enfermedad y la vacunación, en los casos de afectados ya vacunados? Esto es, contagio, y desarrollo de la enfermedad en dichas hipótesis.
  12. ¿Crecieron los casos de Covid-19 en menores de edad -de cualquier nivel de gravedad que fuere- luego de la vacunación, en relación a los que se hubieran verificado antes (para la misma franja etaria, claro está), en el período que corrió desde la vigencia inicial de la emergencia sanitaria del año 2020, y el comienzo de las inoculaciones a menores? ¿En el caso de que luego de las vacunaciones a menores se hubiera reportado un aumento de casos en ellos, se han estudiado las causas? ¿Cómo?
  13. El proceso de vacunación durante la vigencia de una epidemia, ¿aumenta la variabilidad de las mutaciones en las proteínas de los virus? ¿Perjudica de algún modo la reacción natural del sistema inmune de los inoculados, especialmente los menores?
  14. ¿Se ha estudiado si, en el caso de las vacunas suministradas en Uruguay, se han seguido los protocolos usuales de ensayo a tres años con grupos de control? ¿Le consta a Ud. que la empresa Pfizer, en relación a la vacuna que se suministra a menores en Uruguay, haya eliminado sus grupos de control? ¿O evitado de la forma que fuere su implementación y desenvolvimiento?
  15. De resultar de la respuesta a la pregunta anterior que no se hayan analizado, con los debidos protocolos de seguridad, los efectos de las vacunas, ¿podría sostenerse técnicamente que la vacunación implica un factor de riesgo, aún riesgo relativo? ¿O no (y en su caso por qué)?
  16. ¿Le consta la existencia de informes internacionales, como por ej. los del VAERS (u otros), que reporten muertes o efectos secundarios graves -en cualquier edad- vinculados a las vacunas que se suministran en Uruguay? En caso positivo, ¿han sido estudiados por el Estado uruguayo? ¿A qué nivel, por quien y con qué resultados?
  17. ¿Se han estudiado en Uruguay las evidencias que permitan concluir que la vacunación contra el Covid-19 en menores, les produce más beneficios que riesgos? En caso positivo, ¿a qué nivel, por quien y con qué resultados?
  18. ¿Estudió el Estado uruguayo el informe del “Comité de Farmacología y Terapéutica de la Sociedad Uruguaya de Pediatría”, de fecha 9.XI.2021 (y firmado por siete docentes universitarios), que apuntaba a los riesgos de la vacunación en menores de 12 años de edad? En su caso, ¿Qué razones científico-técnicas habrían llevado al MSP a su descarte (en la práctica)?

Actualización: Uruguay suspendió la vacunación en niños menores de 13 años

El juez Alejandro Recarey determinó este mediodía la suspensión “inmediata” de la vacunación anticovid de niños menores de 13 años.

La resolución judicial rige hasta tanto “se publiquen íntegros (…) todos los contratos de compra de estas vacunas”; se comunique “la composición de las sustancias a inocular” y “se elabore un texto – a suministrar a los responsables de los menores de edad- que informe completamente y con claridad” varios puntos.

El Ministerio de Salud Pública informó que acata el fallo y que lo apelará: “A partir de hoy las vacunas para esta población dejarán de estar disponibles hasta nueva disposición”.

Fallo del juez: https://bit.ly/3uwwTJM

Comunicado del gobiernohttps://bit.ly/3NPGyC2



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