Los argentinos residentes en el exterior podrán
percibir las jubilaciones, pensiones o renta vitalicia en una cuenta bancaria de su titularidad en
el país de residencia, en una medida dispuesta por el Directorio del Banco Central de la República
Argentina (BCRA).
De esta manera, se generaliza el sistema que regía para las personas beneficiarias de
jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a
las que lo perciben de otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales.
Las transferencias en divisas serán por hasta el monto percibido por tales conceptos en los
últimos 30 días corridos y en la medida que se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del
beneficiario en su país de residencia registrado.
Agencia CMA LatAm