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Uruguay puso fecha límite para la regularización de vehículos extranjeros: ¿qué trámite es necesario realizar?

 La Dirección Nacional de Aduanas informó que tendrán tiempo para hacerlo hasta el 6 de mayo.


El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, recuerda a través de la Dirección Nacional de Aduanas, que los primeros días de mayo finaliza el plazo para la regularización de autos y embarcaciones extranjeras que circulen en el país vecino.

La decisión del presidente Luis Lacalle Pou el pasado 5 de abril, que dio por terminada la emergencia sanitaria vigente desde el 13 de marzo de 2020, reinstaló, por decirlo de alguna manera, la normalidad en todos los ámbitos del país.

Por tal motivo, los vehículos comunitarios Mercosur dispondrán de un plazo hasta el 06 de Mayo de 2022 inclusive para regularizar su situación.

¿Qué trámite hacer para entrar y que no te consideren contrabando?

Vehículos del MERCOSUR

Vehículos Comunitarios: son los automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casas rodantes, remolques, embarcaciones de recreo y deportivas y demás vehículos similares que estén registrados y matriculados en cualquiera de los Estados Parte.

Los vehículos comunitarios de uso particular exclusivo de los turistas circularán libremente por el territorio de los Estados Parte.

Los vehículos deberán ser conducidos personalmente por el propietario, o usuario debidamente autorizado (Carta Poder certificada por Escribano Público), por su cónyuge o por un familiar hasta 2ª grado de consanguinidad o afinidad, siempre que no sean residentes habituales en el país. Podrán ser conducidos también por chofer profesional acreditando su calidad de tal, con prueba suficiente ante la autoridad aduanera.

Documentación requerida para acreditar la calidad de vehículo comunitario:

  • Libreta de Propiedad y/o Título del Vehículo.
  • Licencia de Conducir.
  • Seguro de Responsabilidad Civil vigente (Tarjeta Verde).
  • Placas de matriculación y registro en el país de origen.
  • Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es el propietario).

¿Cuál es el plazo de permanencia?

Los vehículos comunitarios podrán permanecer amparados en el régimen por el término de tres meses desde su ingreso. Vencido ese plazo deberán formalizar su permanencia ante la autoridad aduanera, pudiéndose otorgar para estos casos una autorización de hasta un año a contar desde el ingreso. Los turistas propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles en el territorio nacional, con domicilio habitual fuera del país - extremos a ser acreditados fehacientemente - podrán gestionar para los vehículos automotores, una prórroga de hasta un plazo máximo de 24 meses sin prestación de garantías (se tramita en el Ministerio de Economía y Finanzas del Uruguay).



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