https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=3ab76eea9c&view=att&th=1648a6d4d6c2fa40&attid=0.1&disp=safe&zw
BYMADATA - Cotizaciones en Tiempo Real | BYMA Bolsas y Mercados Argentinos

Persecución al Grupo Indalo: Cámara ratifica el entrecruzamiento de llamadas

 

La defensa del expresidente se opuso a una orden de entrecruzar llamados con los integrantes de su mesa judicial.


La Cámara Federal porteña ratificó un entrecruzamiento de llamados telefónicos que apuntan a una reunión entre el empresario Federico de Achával y Fabián Rodríguez Simón, alias “Pepín”, uno de los arquitectos de la mesa judicial del macrismo, en junio de 2016 en la causa en la que se investigan presiones al grupo Indalo.ri

En esa reunión, en el despacho de Mario Quintana, del equipo económico de Macri, el empresario de Achaval, que era socio de Cristobal Lopez, habría sufrido presiones relacionados con el pago de ingresos brutos.

El Tribunal rechazó un recurso de la defensa de Macri, quien se opone a la orden de entrecruzar llamados durante el mes de junio de 2016 a fin de determinar si existió ese encuentro.

Se trata de la causa originada en la denuncia de Fabián De Sousa en la que se investiga la persecución del Grupo Indalo a través de diferentes resoluciones en especial contra Oil Combustibles con las que el gobierno de Cambiemos fue hostigando a las empresas y a sus accionistas.

En una resolución anterior, la Cámara había ordenado a la jueza María Servini, que los entrecruzamientos de llamados se limiten a diez días antes y diez días después de cada evento que pueda ser considerado determinante para la investigación.

Sobre esa reunión no hay una fecha exacta. Cuando Federico de Achával declaró como testigo, sostuvo que fue en junio de 2016, en oportunidad de un encuentro con Mario Quintana y Rodríguez Simón, en el despacho de Quintana.

El 9 de noviembre pasado, Servini dispuso el entrecruzamiento de llamados, entre los teléfonos de los involucrados a lo largo de todo el mes. Esa medida fue apelada por Pablo Lanusse, defensor de Macri en el caso.

La Cámara rechazó la apelación y sostuvo que no puede revisar el “juicio de atinencia que haga la instructora sobre las diligencias pertinentes para investigar la posible comisión de los delitos denunciados”, ya que están reservados a su “discrecionalidad”.

"Por ende, debe rechazarse lo promovido por la defensa, sin perjuicio de volver a resaltar la necesidad que ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias (elaboración de los listados de llamados de los abonados individualizados), esa información sea recibida únicamente por el juzgado", dice el fallo.

Los camaristas Martín IrurzunMariano Llorens y Leopoldo Bruglia firmaron la resolución.

En un fallo anterior, la Cámara dispuso que Servini debe "determinar cuáles datos son ajenos al legajo –imponiendo su eliminación- y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas”.

Ahora en la nueva resolución, para la Cámara, la revisión pretendida por la defensa de Macri “es improcedente”.



ambito