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La CNV reduce plazos de permanencia para liquidar valores negociables

 La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficialmente dispuso hoy una serie de medidas relativas a los plazos de permanencia para la liquidación de valores negociables y a la participación de los Agentes de Liquidación y Compensación en el segmento de mercado.

Según indicó el organismo, las medidas adoptadas establecen una nueva disminución de los plazos de permanencia vigentes y modifican la regulación relativa a la operatoria de las carteras propias de los Agentes de Liquidación. Los cambios adoptados son:

Disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos y luego lo venden con liquidación en dólar MEP.

Disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en dólar MEP.

Eliminación del plazo de permanencia (hasta ayer era de tres días hábiles) para personas humanas y jurídicas que realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en moneda local.

Las carteras propias de los Agentes podrán volver a concertar operaciones como clientes en mercados del exterior sin restricciones vinculadas con la negociación local en modalidad "Cable".

De forma transitoria y excepcional, las carteras propias de los Agentes deberán ser oferentes netos de bonos soberanos en dólares ley local cuando los negocian en pesos, y demandantes netos de estos mismos activos cuando lo hacen en moneda extranjera, todo ello en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio-tiempo y de manera diaria.

Esta resolución general apunta a "contener riesgos sistémicos y brindar estabilidad de precios en la operatoria de valores negociables, que cotizan tanto en pesos como en moneda extranjera, en el marco de la política económica", destacó la CNV.




NA