El gobierno de Brasil extendió las
restricciones a la entrada de extranjeros por otros 30 días. El propósito de
la medida es prevenir la propagación del covid-19. Sin embargo, la ordenanza
publicada hoy relajó los requisitos para los extranjeros que transitan por
Brasil en transporte aéreo.
De acuerdo con las reglas, el ingreso de extranjeros de cualquier
nacionalidad está restringido por treinta días, por carretera, por otros
medios terrestres o por transporte acuático.
El cónyuge, pareja, hijo, padre o curador de un ciudadano brasileño está
exento de la restricción, así como personas cuya entrada es específicamente
autorizada por el gobierno brasileño en vista del interés público o por
razones humanitarias
También están exentos de la restricción los inmigrantes con residencia
permanente en territorio brasileño, los profesionales extranjeros en misión al
servicio de una organización internacional y los empleados extranjeros
acreditados ante el gobierno brasileño.
Las restricciones no impiden, en el transporte de carga, el ingreso de
tripulantes marítimos para ejercer funciones específicas a bordo de una
embarcación o plataforma que opere en aguas jurisdiccionales.
La ordenanza también permite el desembarco, autorizado por la Policía
Federal, de tripulantes marítimos para asistencia médica o para conexión de
retorno aéreo al país de origen relacionado con cuestiones operativas o
terminación de contrato de trabajo.
Los únicos extranjeros que no están exentos de restricciones de entrada a
Brasil por vía marítima o terrestre son los que vienen de Venezuela.
Las restricciones no impiden la ejecución de acciones humanitarias en la
frontera, siempre que lo autoricen previamente las autoridades sanitarias
locales, ni el tráfico de residentes fronterizos en ciudades hermanadas.
También se permite el transporte de carga.
Los extranjeros que se encuentren en un país fronterizo terrestre y
necesiten cruzarlo para abordar un vuelo de regreso a su país de residencia
pueden ingresar a Brasil con autorización de la Policía Federal.
En este caso, la persona deberá dirigirse directamente al aeropuerto y debe
haber una demanda oficial de la embajada o consulado del país de residencia.
La persona también deberá presentar los boletos de avión correspondientes.
La ordenanza permite a los extranjeros ingresar por vía aérea, siempre que
se cumplan los requisitos migratorios adecuados a su condición, incluido el de
tener una visa de entrada, cuando así lo requiera el ordenamiento jurídico
brasileño.
Sin embargo, el gobierno eliminó el requisito para extranjeros que visiten
Brasil por un período de hasta 90 días. Previamente, se requería comprobante
de compra de seguro válido en Brasil para gastos de salud. Ahora, no es
necesario.
Agência CMA