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BRASIL: Restricciones a la entrada de extranjeros continuarán por 30 días

El gobierno de Brasil extendió las 

restricciones a la entrada de extranjeros por otros 30 días. El propósito de 

la medida es prevenir la propagación del covid-19. Sin embargo, la ordenanza 

publicada hoy relajó los requisitos para los extranjeros que transitan por 

Brasil en transporte aéreo.

 

   De acuerdo con las reglas, el ingreso de extranjeros de cualquier 

nacionalidad está restringido por treinta días, por carretera, por otros 

medios terrestres o por transporte acuático.

 

   El cónyuge, pareja, hijo, padre o curador de un ciudadano brasileño está 

exento de la restricción, así como personas cuya entrada es específicamente 

autorizada por el gobierno brasileño en vista del interés público o por 

razones humanitarias

 

   También están exentos de la restricción los inmigrantes con residencia 

permanente en territorio brasileño, los profesionales extranjeros en misión al

servicio de una organización internacional y los empleados extranjeros 

acreditados ante el gobierno brasileño.

 

   Las restricciones no impiden, en el transporte de carga, el ingreso de 

tripulantes marítimos para ejercer funciones específicas a bordo de una 

embarcación o plataforma que opere en aguas jurisdiccionales.

 

   La ordenanza también permite el desembarco, autorizado por la Policía 

Federal, de tripulantes marítimos para asistencia médica o para conexión de 

retorno aéreo al país de origen relacionado con cuestiones operativas o 

terminación de contrato de trabajo.

 

   Los únicos extranjeros que no están exentos de restricciones de entrada a 

Brasil por vía marítima o terrestre son los que vienen de Venezuela.

 

   Las restricciones no impiden la ejecución de acciones humanitarias en la 

frontera, siempre que lo autoricen previamente las autoridades sanitarias 

locales, ni el tráfico de residentes fronterizos en ciudades hermanadas. 

También se permite el transporte de carga.

 

   Los extranjeros que se encuentren en un país fronterizo terrestre y 

necesiten cruzarlo para abordar un vuelo de regreso a su país de residencia 

pueden ingresar a Brasil con autorización de la Policía Federal.

 

   En este caso, la persona deberá dirigirse directamente al aeropuerto y debe

haber una demanda oficial de la embajada o consulado del país de residencia. 

La persona también deberá presentar los boletos de avión correspondientes.

 

   La ordenanza permite a los extranjeros ingresar por vía aérea, siempre que

se cumplan los requisitos migratorios adecuados a su condición, incluido el de

tener una visa de entrada, cuando así lo requiera el ordenamiento jurídico 

brasileño.

 

   Sin embargo, el gobierno eliminó el requisito para extranjeros que visiten 

Brasil por un período de hasta 90 días. Previamente, se requería comprobante 

de compra de seguro válido en Brasil para gastos de salud. Ahora, no es 

necesario.

 

Agência CMA