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EL FUTURO DEL BARRIL CRIOLLO El gobierno define cómo desdoblar los precios en el mercado petrolero

 Las provincias petroleras podrán seguir exigiendo el pago de regalías con un precio de referencia de 45 dólares. Pero se autorizará a que productores y refinadores negocien un precio de venta inferior. ¿Quién se hará cargo de cubrir ese diferencial?

A la espera de su designación en el Boletín Oficial, el secretario de Energía, Darío Martínez, está evaluando cómo se continuará comercializando petróleo bajo el paraguas del esquema de barril criollo que se puso en marcha en mayo de este año. El Ejecutivo adeuda una definición porque en agosto el precio superó por 10 días consecutivos el precio de 45 dólares, por lo que el artículo 1 del Decreto 488/20 perdió vigencia. Además, en septiembre el precio internacional del petróleo cayó por debajo de los 40 dólares (hoy se recuperó), lo que obliga al gobierno a enviar una señal de cómo seguirá el mercado local de petróleo hacia adelante.

Energía ya tomó una decisión: las provincias productoras seguirán cobrando regalías sobre la base de un valor de 45 dólares para el crudo Medanito, tal como está establecido en el Decreto de precio sostén de crudo.

Sin embargo, se autorizará a que productores y refinadores negocien un precio de venta inferior a esa referencia. En concreto, se pondrá en marcha un desdoblamiento del esquema de precios: las empresas liquidarán regalías a 45 dólares, pero el petróleo se venderá más barato en el mercado doméstico en valores cercanos a la paridad de exportación que podría oscilar entre los 37 y 40 dólares si el Brent si estabiliza cerca de los 41-42 dólares. Así lo aseguraron a EconoJournal fuentes gubernamentales.

Las provincias seguirán percibiendo regalías sobre un precio de 45 dólares. Lo que resta definir es cómo se instrumentará el desdoblamiento. Concretamente, quién absorbe la diferencia entre el precio efectivo de venta y el de liquidación de regalías”, explicó una fuente que está participando de ese proceso.

Definición

La implementación de un desdoblamiento de este tipo no es sencilla por cuestiones de distinta índole. Desde lo legal, es probable que su instrumentación sea impugnado más temprano que tarde por las empresas. En los últimos años varias productoras fueron a la Justicia para cuestionar iniciativas de este tipo. En la mayoría de los casos, la Corte Suprema de Justicia terminó fallando en favor de los privados al establecer que las regalías deben liquidarse sobre el “precio efectivamente percibido” y no sobre el establecido arbitrariamente por resolución.

En segundo lugar, el gobierno deberá definir quién cubre el extra costo por regalías que traerá aparejado el desdoblamiento. Si, por caso, los productores venden su crudo a US$ 38, pero tienen que liquidar regalías por 45 dólares, estarían pagando en la práctica un impuesto adicional de 2,5 puntos.

¿Quién se hará cargo de ese recargo?

Es lo que está definiendo la Secretaría de Energía. En abril, antes de que se publique el Decreto 488, el presidente de YPF, Guillermo Nielsen, y directivos de PAE acercaron una propuesta que consistía en que los refinadores cubran ese diferencial por regalías a cambio de que el Estado autorizara a refinadoras y productores a negocian un precio de venta libre, inferior a los 45 dólares que finalmente fijó el decreto. La iniciativa no prosperó, pero la Secretaría está evaluando instrumentar un esquema que vaya en el mismo sentido.




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