El plan de ayuda estatal a las empresas en crisis empezó a hacer los números finos y la primera conclusión es que se entregarán subsidios para pagar los salarios de dos millones de trabajadores en cerca de 180.000 empresas del sector privado.
De esa manera, según los datos oficiales registrados hasta anoche, se verían beneficiados menos de la mitad de los 420.000 empleadores que se habían anotado en los últimos días para recibir el salario complementario, equivalente al 50% del sueldo neto del trabajador de febrero, y reducir hasta el 95% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Esa fue el resultado del análisis hecho por el comité de evaluación y monitoreo del programa de Asistencia de emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), el organismo encargado de definir las condiciones de acceso de los beneficiarios.
Esa fue el resultado del análisis hecho por el comité de evaluación y monitoreo del programa de Asistencia de emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), el organismo encargado de definir las condiciones de acceso de los beneficiarios.
La eventual exclusión de más de la mitad de las empresas se debe a los criterios adoptados después de considerar el dictamen técnico producido por el Ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. Su decisión se basó en la información agregada por la AFIP, encabezada por Mercedes Marcó del Pont, quien integra el comité junto al titular de Economía, Martín Guzmán, el de Trabajo, Claudio Moroni, y el del BCRA, Miguel Pesce.
"Se empezó a trabajar y entraron al programa más de 180.000 empresas, unos dos millones de trabajadores", confirmaron a iProfesional fuentes del Ejecutivo. Y precisaron que la medida "es un primer recorte", por lo que más adelante podrían revisarse los criterios y ampliar la cantidad de beneficiarios. En esta etapa, por lo pronto, el foco estuvo puesto en ayudar a las Pymes a pagar las remuneraciones a principios de mayo.
"El Presidente dijo que no quiere que se pierda ninguna fuente de trabajo, si hubiéramos trabajado con todo el universo de empresas no se habría llegado a cobrar los salarios de abril", señalaron desde el Gobierno.
Pero los criterios para acceder a los subsidios oficiales no fueron bien recibidos por los empresarios. Apenas conocida la decisión administrativa 591/2020, los estudios contables y las cámaras privadas despotricaron contra la normativa.Empresarios, enojados con los requisitos
La normativa establece que la variación nominal de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 deberá ser igual al mismo período de 2019. Si se tiene en cuenta que la inflación interanual en ese período fue del 50%, una firma tuvo que haber experimentado una caída real en sus ventas del 33% para pasar el filtro de las autoridades.
Así, la aplicación de este criterio excluiría a todos los empleadores que registraron una facturación real inferior a la del año pasado pero superior en términos nominales por efectos de la inflación.
El estudio SDC Asesores Tributarios aportó un ejemplo: una compañía que registró ventas por $10 millones el año pasado debió facturar $15 millones en 2020 para mantener la misma facturación en términos reales. Esto supone una diferencia positiva de $500.000, motivo por el cual no le corresponde el beneficio, aunque sus ingresos reales no hayan mejorado.
El otro punto que generó malestar fue la decisión de computar el período de facturación desde el 12 de marzo hasta el 12 de abril. El Gobierno consideró que en ese momento ya regía una suerte de cuarentena parcial debido a las normas que habilitaron licencias para los padres con hijos ante la suspensión de clases y para quienes integran los grupos de riesgo."Las empresas venían detrás de la inflación con la facturación y si tenés un 20% más de facturación no es que ganaste, estás detrás del 50% de inflación, es pésimo", advirtió a iProfesional el abogado de empresa Juan Carlos Cerutti.
El otro argumento fue la necesidad de acceder en tiempo y forma a los datos de ventas registrados por la AFIP. Pero los empresarios sostienen que el período crítico de facturación fue a partir del 20 de marzo, cuando comenzó la cuarentena, y no desde antes. Por otra parte, señalan que las boletas tampoco reflejan necesariamente los ingresos, producto de la inactividad y los problemas en la cadena de pagos.
"Que se haya facturado no significa que la empresa haya cobrado, con esto va a poder acceder solo el 50% de las empresas", dijo a este medio Natalio Mario Grinman, secretario de la Cámara de Comercio.
Una investigación del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) concluyó que por efecto de la cuarentena quedaron afectados 309.000 trabajadores, contando los despedidos, suspendidos, rupturas de contratos, reducciones salariales o retraso en la fecha de pago.
Lo cierto es que la cifra de empresas alcanzadas contrasta con las expectativas iniciales. En una videoconferencia, Moroni y Kulfas habían estimado el martes que el 80% de los trabajadores del sector privado iba a cobrar el sueldo del mes de abril con la ayuda del Estado.Una lista más restrictiva
Fue tras analizar con autoridades de la CGT y de la UIA los límites del decreto 376 que incorporó cambios al programa de asistencia. Los principales fueron los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos, y la ampliación del salario complementario, estableciendo que no podrá ser inferior a un salario mínimo, vital y móvil ($16.875) y no podrá superar dos de esas remuneraciones ($33.750) o al total del salario neto correspondiente a ese mes.
Los alcances de dichos beneficios fueron precisados en la decisión administrativa 591 publicada en el Boletín Oficial. Con relación al salario complementario, las autoridades recomendaron otorgarlo respecto de las remuneraciones devengadas en abril de 2020 a una lista de actividades consideradas críticas, que fueron definidas en las actas del Comité N° 1 y N° 2, modificada por la N° 3.
Los alcances de dichos beneficios fueron precisados en la decisión administrativa 591 publicada en el Boletín Oficial. Con relación al salario complementario, las autoridades recomendaron otorgarlo respecto de las remuneraciones devengadas en abril de 2020 a una lista de actividades consideradas críticas, que fueron definidas en las actas del Comité N° 1 y N° 2, modificada por la N° 3.
Asimismo, se consideró a las empresas hasta 800 empleados en relación de dependencia al 29 de febrero, sin diferenciar el tipo de contratación (contratos a plazo fijo, por temporada, etc.) pero detrayendo las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta el 20 de abril de 2020.
Las empresas con más de 800 empleados en relación de dependencia hasta el 29 de febrero, en cambio, quedaron sujeta a análisis considerando su situación financiera con la información recabada en el sitio web "Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción – ATP" de la AFIP y "la restante que pudiera estimarse menester".
Por otra parte, se les impide la distribución de utilidades por los períodos fiscales cerrados desde noviembre de 2019, la recompra de sus acciones directa o indirectamente, la adquisición de acciones o bonos para la compra de dólares (dólar bolsa) o su transferencia al exterior ("contado con liqui"), y gastos relacionados a sujetos con "jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación".
"Estos requisitos son razonables. De lo contrario podría suceder, por ejemplo, el Estado pague parte de los salarios de una empresa y luego ésta con el dinero que evitó pagar a sus empleados, distribuya utilidades a sus socios por períodos cerrados a partir de noviembre 2019", señaló el estudio SDC Asesores Tributarios.
Por otra parte, se les impide la distribución de utilidades por los períodos fiscales cerrados desde noviembre de 2019, la recompra de sus acciones directa o indirectamente, la adquisición de acciones o bonos para la compra de dólares (dólar bolsa) o su transferencia al exterior ("contado con liqui"), y gastos relacionados a sujetos con "jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación".
"Estos requisitos son razonables. De lo contrario podría suceder, por ejemplo, el Estado pague parte de los salarios de una empresa y luego ésta con el dinero que evitó pagar a sus empleados, distribuya utilidades a sus socios por períodos cerrados a partir de noviembre 2019", señaló el estudio SDC Asesores Tributarios.
El comité estableció además que la reducción del 95% de las contribuciones patronales será para las actividades establecidas en el listado anexo a la disposición. Allí se incluye, entre otras, a servicios ligados al turismo, espectáculos, entretenimiento, actividades artísticas y deportivas, obras sociales, seguros de salud, servicio de emergencia, atención médica, odontología, diagnóstico y otros relacionados con la salud, atención a niños, mujeres y ancianos, entre otros. La AFIP reabrió la inscripción al programa el lunes pasado y las empresas tendrán plazo para hacerlo hasta este jueves.
Las medidas adoptadas son en respuesta a la extensión de la cuarentena obligatoria. Hasta ahora, el Gobierno aportó $850 millones en fondos de emergencia, lo que representa cerca de 3 puntos del PBI. La expansión de la base monetaria encendió las alertas de los economistas. Y, por otra parte, los acreedores privados le hicieron saber al Gobierno que esperan un fuerte ajuste en las cuentas fiscales para negociar la reestructuración de la deuda.
Las medidas adoptadas son en respuesta a la extensión de la cuarentena obligatoria. Hasta ahora, el Gobierno aportó $850 millones en fondos de emergencia, lo que representa cerca de 3 puntos del PBI. La expansión de la base monetaria encendió las alertas de los economistas. Y, por otra parte, los acreedores privados le hicieron saber al Gobierno que esperan un fuerte ajuste en las cuentas fiscales para negociar la reestructuración de la deuda.
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