Hoy se presentó un amparo colectivo pidiendo que se declare la inconstitucionalidad del decreto de movilidad jubilatoria dada por decreto para marzo de 2020.
Algunos puntos importantes del amparo:
• Se solicitó que para el aumento de marzo se reconozca como mínimo el 11,56%, de acuerdo al período devengado en el tercer trimestre del año pasado por la Ley de movilidad suspendida.
• Esta acción es colectiva y cubre a todos los jubilados afectados por el decreto.
• La acción se limita a pedir la inconstitucionalidad del decreto 163/2020 con el incremento designado para marzo.
• No suplanta o invalida las acciones individuales de los jubilados, que pueden reclamar situaciones más complejas o la pérdida de poder adquisitivo por períodos anteriores.
• Fundamentalmente se basa en el principio de igualdad ante la Ley; progresividad de los derechos fundamentales; irretroactividad de las leyes; tutela efectiva de los derechos adquiridos.
Esta acción se enmarca en el accionar histórico de la defensoría de la tercera edad de la CABA que en los ‘90 se presentó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por el retraso en el dictado de las sentencias; se opuso a la instauración de las AFJP, presentando incluso denuncias penales; ya en 2001 una demanda colectiva contra el descuento del 13%; en 2008 se presentó también una acción colectiva para la generalización del caso Badaro; en 2012 para la defensa de los argentinos con beneficios otorgados por terceros países y percibidos en la Argentina; en diciembre de 2017 se denunció el atraso que produjo la última Ley de movilidad jubilatoria; entre 2018 y 2019 se realizaron 5 exhortaciones para que se adecuen las jubilaciones a la canasta básica del jubilado reelevada por la defensoría. La presente pretende reducir al mínimo la litigiosidad que perjudica en primer lugar al adulto mayor, al sistema judicial y al Estado en general.