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Documento Final del Seminario Estratégico “Plan de Gobierno 2019 – 2023”

Presidenta Honoraria: Cristina FERNÁNDEZ de KIRCHNER

Presidente: Oscar Isidro José PARRILLI

Vicepresidente: Jorge Horacio FERRARESI

Colaboradores Especiales: Dr. Juan Grabois – Prof. Juan Carlos Monedero

Resumen Temático

Las políticas de Inclusión Social y la desigualdad en América Latina

La reestructuración de deudas soberanas y el sistema financiero internacional

La participación y representación popular en las democracias del siglo XXI

Los derechos humanos y los nuevos derechos

La democracia y la libertad de expresión y el derecho a la información

El mundo multipolar y los nuevos conceptos de soberanía Parte I)

Cómo afrontar el desafío de instaurar un Nuevo Estado y el Nuevo Contrato Social ? Ante todo debemos agradecerles por su invalorable aporte, al Profesor J.C. Monedero, discípulo del venerable Ernesto Laclau, quien nos ha inspirado y aportado su preclara visión con ideas muy valiosas y revolucionarias para encarar esta etapa histórica que nos tocará vivir para transformar de una vez y para siempre a nuestra querida Patria.

La nación Argentina, que hoy más que nunca debe ser la guía de los procesos de liberación y emancipación de las pretensiones hegemónicas del imperio que no se ha rendido en su nefasto propósito de dividir y someter a nuestra Gran Patria Latinoamericana con la ayuda de los cipayos criollos y las fuerzas reaccionarias financiadas por el capitalismo neoliberal del SXXI. Y fundamentalmente al compañero Juan Grabois, quien desde su propio espacio integrado a nuestro

Frente de TODOS, ha tenido el coraje y la decisión de ponerse al frente de la lucha por los trabajadores excluidos y la creación de nuevas estructuras para promover la participación de nuestros hermanos argentinos en la CTEP con herramientas de la economía popular.


Compañeras, compañeros:

Nos llama la lucha contra el monstruo del neoliberalismo vernáculo quienes a través de sus personeros encabezados por el Ingeniero Macri han sufrido la humillante derrota en las PASO celebradas hace apenas unos días.

Pero por mucho que ello nos enorgullece y nos llene de felicidad, la expresión contundente del pueblo aún sigue amenazada de poder llegar a cristalizarse. El oficialismo aún no está derrotado ni mucho menos. No nos olvidemos queridos compañeras y compañeros que ellos tienen el poder. Un poder ya debilitado por cierto.

Pero no menos amenazante para hacer peligrar nuestro proyecto nacional y popular. Ellos van a argumentar y meter miedo agitando las mentiras y descalificaciones sobre nuestra gestión inconclusa porque quieren el fracaso de la revolución popular que se avecina.

Para eso, vamos a implementar un plan de gobierno con medidas contundentes y urgentes que desarmen por sorpresa al enemigo y le impidan fortalecerse en la reacción. Cuando los reaccionarios derrotados se den cuenta de la voluntad y el empeño que nuestro futuro gobierno estará dispuesto poner en la escena política argentina ya habrá sido demasiado tarde.

Por ello necesitamos una gran campaña de concientización y propaganda que alcance todos los niveles mediáticos y que ahogue cualquier duda o titubeo que pueda resultar en la percepción de la población. Parte II)

Las 20 medidas urgentes de los primeros 10 días de gobierno popular

 1°) Reforma de la Ley de Ministerios reemplazando el actual ministerio de Justicia por la oficina de Justicia Legítima de la Nación Argentina;

2°) Disolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de las cortes de los estados provinciales con licenciamiento de todos los jueces en funciones;

3°) Reforma del sistema legislativo y creación de la comisión bicameral para la reforma de la constitución neoliberal. La Asamblea Constituyente finalmente sesionará se logrará derogar la actual norma y su reemplazo por una Constitución Popular Argentina;

4°) El presidente de la Nación decretará el estado de excepción por un período de 100 días a partir del 10 de diciembre de 2019;

5°) Mientras dure el estado de excepción el presidente de la Nación gobernará mediante la nueva herramienta jurídica y política que será el Decreto Supremo;

6°) Cuando se haya deliberado y sancionado, la nueva Constitución Popular Argentina Deberá ser promulgada mediante un Decreto Supremo;

7°) Todos los Decretos que haya sancionado el presidente de la Nación en el ejercicio de su mandato popular de excepción serán refrendados por la Asamblea e incorporados a la nueva Constitución Argentina con fuerza de Ley;

8°) Se declarará la Emergencia Habitacional en todo el ámbito de la Nación y cada autoridad provincial y el estado nacional realizaran un censo habitacional urgente;

9°) En un plazo que no excederá los 60 días corridos todas las viviendas que permanezcan desocupadas total o parcialmente en cualquier parte y jurisdicción del territorio argentino serán expropiadas por el gobierno popular y entregadas a las familias más necesitadas y aquellas que sufran un estado de pobreza e indigencia intolerable;

10°) El poder ejecutivo estudiará una compensación pecuniaria a modo de resarcimiento por la expropiación de las unidades habitacionales;

11°) Las familias más carenciadas del Conurbano bonaerense, del Gran Rosario y de todos los asentamientos y barrios de emergencia serán trasladados en primer lugar a las mejores viviendas de gran categoría y en los mejores barrios de la ciudad;

12°) Los infames asentamientos y villas de emergencia serán eliminados completamente y en cada lugar se construirán parques para los niños con modernas instalaciones para practicar deportes y actividades culturales;

13°) Los depósitos en moneda nacional y extranjera de los particulares y empresas serán confiscados y el Banco de la Nación administrará un fideicomiso transitorio. Mientras tanto y por orden del Presidente de la Nación, los organismos de fiscalización y control del poder ejecutivo se abocarán a realizar una auditoría para determinar la legitimidad y licitud de los fondos y bienes confiscados;

14°) El estado nacional y popular utilizará esos recursos para atender a las urgentes necesidades de las familias argentinas que serán reubicadas en sus nuevos hogares;

15°) Habiéndose determinado la legitimidad y licitud de la procedencia de los fondos en moneda nacional y extranjera solamente de aquellas empresas y particulares más adinerados, el gobierno popular podrá disponer la entrega de bonos del estado argentino a 10 años para compensar el aporte patriótico de las personas jurídicas y humanas en favor de las clases más necesitadas y humildes;

16°) El trabajo, que es el sustento y la dignidad de nuestros queridos compatriotas, será regulado por el gobierno armonizando mediante decretos supremos las disposiciones que a tal efecto se establecerán en la reforma de la Nueva Constitución Popular Argentina.

17°) A partir del 10 de diciembre de 2019 el trabajo será declarado un bien social. Y como tal, el gobierno dispondrá que la jornada laboral de 8 horas será reducida a 4 horas. Los empleadores, bajo pena de las sanciones más duras que serán establecidas, deberán tomar los recaudos para contratar legalmente a un 50% más de personal para cubrir las 4 horas restantes de la jornada laboral. Se adecuaran de la misma forma las jornadas establecidas para otras actividades de menor duración pero siempre cumpliendo con la norma de reducir en la misma proporción y cubrir con un 50% nuevo los puestos de trabajo.

18°) Aquellas empresas que por tipo de actividad económica deben emplear las 24 horas en turnos laborales, podrán optar por razones operativas que los turnos sean divididos en 4 períodos de 6 horas intercalando un turno vacante con el nuevo personal contratado respetando el cupo del 50%.

19°) A fin de proteger los objetivos políticos que el gobierno popular habrá de llevar adelante en sus primeros 100 días de mandato, será creada la Agencia de Difusión Social y Control de Medios. Tendrá como tarea fundamental adecuar el funcionamiento de todos los medios audiovisuales y gráficos para evitar entorpecer la tarea del gobierno.

20°) Será establecido el mecanismo de consulta a la ciudadanía mediante el instituto jurídico del referéndum o plebiscito popular. Éste tendrá jerarquía constitucional ya que estará incluido en la nueva Ley Fundamental. A través de este mecanismo también será permitida la reelección indefinida del titular del Poder Ejecutivo Nacional y los Gobernadores de los estados provinciales.

ANEXOS Anexo I : El Contrato Social de los Argentinos –

Agenda Política Anexo II :

El nuevo rol del gobierno popular y la reforma del Estado Anexo III :

La expropiación por necesidad social urgente – Viviendas populares Anexo IV : El trabajo y la reforma de los medios de producción privados.





esta firmado por cristina fernandez de KIRCHNER


INSTITUTO PATRIA