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Cumple dos años la media sanción del proyecto sobre extinción de dominio

Al cabo de aquella sesión en la que también se aprobó el allanamiento de las propiedades de De Vido, en la madrugada del 24 de junio de 2016 se aprobó el proyecto en la Cámara de Diputados. Al llegar al Senado aparecieron objeciones desde diversos sectores y el tema no volvió a tratarse.


Se cumplen este domingo dos años de la media sanción que obtuvo el proyecto de ley de extinción de dominio en la Cámara de Diputados. Fue al cabo de una sesión intensa en ese Cuerpo, en la que el proyecto fue aprobado a las 0.07 del 24 de junio de 2016. Ya en el debate en particular se le introdujo una modificación importante al proyecto que, de todos modos y pese a las certezas dadas en sentido contrario, terminó siendo cajoneado. A fin de año perdería estado parlamentario y el proyecto debería volver a recorrer todo el proceso legislativo.

El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados en el contexto de una sesión muy especial, pues durante la misma se aprobaron iniciativas muy significativas, además de aquella destinada a recuperar bienes provenientes del delito. Previamente Cambiemos había conseguido aprobar en la Cámara de Diputados la figura del arrepentido para casos de corrupción. La norma tuvo 194 votos positivos y fue girada al Senado, luego de conseguir el apoyo del Frente para la Victoria gracias a la eliminación de la figura del “colaborador eficaz”.

En esa misma sesión, la Cámara baja aprobó la resolución que autorizaba el allanamiento de las propiedades de Julio De Vido. El exministro ocupaba por entonces obviamente su banca y rechazó durante la sesión la resolución del oficialismo. “Con seriedad y tranquilidad responderé y me someteré a los procesos judiciales”, expresó durante su discurso.

En lo que hace a la ley de extinción de dominio, la ley reunió 135 votos a favor y 50 en contra, y pasó entonces al Senado. El debate había girado en torno a la posibilidad de decomisar sin condena previa, y las prevenciones fueron por la posibilidad de que pudiera ser declarada inconstitucional. Esa fue la razón que esgrimió el Frente para la Victoria al rechazar la ley.

Según puede verificarse en los archivos de parlamentario.com, votaron a favor el Frente Renovador de Sergio Massa y el bloque Justicialista de Diego Bossio y Oscar Romero, que horas antes habían acompañado, junto al kirchnerismo, el proyecto de ley del arrepentido. Hubo tres abstenciones, de Carlos Heller (Partido Solidario) y el bloque Compromiso Federal de los hermanos Rodríguez Saá.

El proyecto que salió de Diputados establecía que el Estado puede apropiarse y disponer de los bienes y activos obtenidos a través de la comisión de un delito, como corrupción, contrabando, lavado de dinero, narcotráfico, trata de personas, terrorismo, asociación ilícita, secuestro extorsivo, prostitución y pornografía infantil.

A diferencia de otro proyecto que había aprobado el Senado en 2014 por unanimidad, el texto actual está planteado en la órbita civil y no penal. Esta distinción era sustancial, puesto que la ley apuntaba al bien y no a la persona.

“No son los principios del derecho penal los que rigen en el civil”, explicó en esa sesión el titular de la Comisión de Seguridad Interior, Luis Petri (UCR), al indicar que “lo que se debe demostrar en última instancia es el origen lícito o ilícito de ese bien”. Petri defendió además que la extinción de dominio sea imprescriptible y dijo de igual modo que “la irretroactividad de la ley penal no rige en el derecho civil”.

El presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky (Pro), sostuvo por su parte que “además de la recuperación de los bienes para la sociedad, este proyecto tiene un fin que se enmarca en la lucha contra la inseguridad”.

“Todos sabemos que las bandas de delincuentes se financian con dinero malhabido”, indicó el macrista, y añadió que “este proyecto no sólo va a ser para luchar contra la corrupción, algo que la sociedad pide a gritos, sino también para luchar contra la inseguridad”.

En su discurso de cierre del debate, al filo de la medianoche del 23 de junio de 2016, el jefe del bloque radical y del interbloque Cambiemos, Mario Negri, sostuvo que se busca “un aporte institucional a la transparencia, que agilice los mecanismos procesales y que logre mayor celeridad frente a los delitos complejos”. El cordobés dijo asimismo que “el decomiso en la acción penal ha sido malo” y que “los números de eficacia son bajísimos”.

Durante la sesión, el proyecto sufrió a último momento un cambio fundamental en la Cámara de Diputados, por el cual Cambiemos cedió en parte a uno de los cuestionamientos más fuertes a la iniciativa.

Tanto la oposición como el propio presidente de la Comisión de Justicia, Diego Mestre (UCR), reclamaban que el decomiso debiera hacerse con previa condena, como una condición para garantizar el “principio de inocencia” del involucrado. “Considero que no están garantizados los principios constitucionales de defensa en juicio y de inocencia”, reconoció Mestre pasada la medianoche, durante el debate en particular del proyecto en la Cámara baja. Por eso, el radical insistió en la necesidad de modificar el texto para que la extinción de dominio sólo pueda iniciarse “cuando exista un procesamiento penal firme en contra de quien se la pretenda instruir”.

El Pro, en la voz de Daniel Lipovetzky, se mantuvo firme en su postura y no aceptó ese cambio, pero sí introdujo un alterado para condicionar, de alguna forma, la medida que regula la ley. La modificación consistía en que para proceder a la extinción de dominio, será “condición” que un juez penal llame a prestar declaración indagatoria al afectado. De esta manera, se estableció una especie de conexión entre la acción penal y la acción civil, dado que el texto original, que promovía la jefa del bloque massista, Graciela Camaño, estaba puramente bajo la órbita civil –es decir, apuntaba al bien y no a la persona-.

El Senado en 2014 había logrado una media sanción sobre ese proyecto, pero en el ámbito de la Justicia penal. Ahora, el debate en comisión en ese ámbito se inició en el mes de agosto, y especialistas expresaron sus cuestionamientos hacia algunos aspectos de la iniciativa. Hugo Wortman Jofré, presidente del Consejo de Administración de Poder Ciudadano, reconoció que “el derecho a arrepentirse es parte constitutiva de nuestro derecho a la libertad de expresión”, pero opinó que “no podemos admitir arrepentidos durante todo el proceso, tenemos que poner un límite temporal”.

“Tengo reparos en relación a la exclusión de algunos delitos como los de lesa humanidad”, expresó Wortman sobre la figura del arrepentido y consideró que “hay que acotar los plazos para arrepentirse y achicar los tiempos de la negociación, dos años es mucho”.

Por su parte, el coordinador general del Programa para la Reforma Judicial Justicia 2020, Ricardo Gil Lavedra, manifestó que “el beneficio procesal de excarcelación del arrepentido tiene que ser luego de corroborado su testimonio”. “De ser legislador dejaría el uso de la figura del arrepentido para crímenes específicos como corrupción y trata de personas”, señaló. El doctor Edgardo Donna, profesor de la Universidad de Buenos Aires, aseguró por su parte que “es inaceptable que esta ley entre al Senado”. “¿Cómo se le va a quitar los bienes a personas sin condena? (…) ¿Cómo va a haber acuerdo entre un presunto delincuente y el fiscal? Esto va a llevar a cualquier cosa”, cuestionó. Y en tono más duro, afirmó: “mientras no haya un concepto de pena que se salga de la venganza, este país no tendrá justicia”.

Por su parte, el doctor León Arslanian expresó que el proyecto de extinción de dominio tiene “un texto que contiene rasgos escandalosos y errores de concepto”. “Esto es grave: se propone ejercer la acción de extinción de dominio sin que haya una sentencia penal”, alertó y agregó que “el proyecto viola el principio de inocencia, entre otros rasgos escandalosos”.

El 22 de agosto de ese año se anunció que el Senado modificaría el proyecto. Lo hizo el presidente de la Comisión de Acuerdos, Rodolfo Urtubey, quien anticipó la decisión de hacer “muchas modificaciones, algunas sustanciales”. No había una posición unificada en torno a la extinción de dominio en el bloque, pero en general consideraban los senadores opositores que debía desarrollarse en el marco del proceso penal. “Los jueces civiles no son jueces especializados en la materia, no tienen competencia que tenga que ver con analizar estrategias para esconder bienes que provengan de actividades delictivas complejas”, señaló Urtubey. Así las cosas, auguró que con un fiscal especializado “vamos a poder superar esta experiencia que tenemos en los procesos penales que hay que esperar hasta que la sentencia sea firme y definitiva para la recuperación de activos”, estimó.

Finalmente el 15 de noviembre el proyecto obtuvo dictamen en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Seguridad Interior y Narcotráfico. El senador salteño Rodolfo Urtubey informó las modificaciones a la media sanción de Diputados acordadas en el Senado, puntualizando que con los mismos “mejoraremos sustancialmente la ley”, y destacó que “la extinción de bienes provenientes de ilícitos se realizará en el fuero penal”.

“También hemos acordado que intervendrá el procurador del Tesoro de la Nación para velar por la defensa de los bienes que ingresarán al Estado producto del narcotráfico y delitos complejos, un mecanismo de administración de esos bienes, la posibilidad de atender al tercero de buena fe y de restituir los bienes si la persona resultara absuelta por inexistencia de delito”.

El titular de Justicia, Pedro Guastavino, anticipó que el proyecto sería debatido en el recinto el miércoles 23 de noviembre y, de ser aprobado, iba a volver a Diputados.

Sin embargo eso no sucedió ni en la última sesión del año, ni a lo largo del año siguiente, ni el presente.




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