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DEPARTAMENTO TRIBUTARIO DE CHILE AFIRMA QUE LAS CRIPTOMONEDAS NO ESTÁN SUJETAS A COBRO DE IVA

La Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos de Chile dictaminó recientemente que las criptomonedas no están sujetas al cobro de Impuesto al Valor Agregado (IVA) al ser consideradas como un activo virtual no regulado.
El pronunciamiento se hizo en respuesta a una consulta legal, realizada ante el Departamento por representantes de una empresa contribuyente, interesada en conocer sobre el estatus jurídico de las rentas obtenidas en la compra y venta de criptomonedas. Al respecto, se consulta sobre la tributación que afecta a los ingresos obtenidos por este tipo de transacciones y si deben ser declarados ante el organismo gubernamental.
En respuesta, el ente gubernamental expone que bitcoin y cualquier otro activo digital están fuera de regulación, en virtud de que no son considerados como monedas de curso legal o divisas extranjeras aceptadas en Chile.
En tal sentido, en el dictamen se recuerda que las monedas criptográficas son activos virtuales con soporte en la tecnología blockchain, una plataforma desregulada, desintermediada y no controlada por un ningún emisor central. Citando además que el precio de estos activos está determinado por la oferta y la demanda.
Se resalta, asimismo, la falta de corporalidad de bitcoin y de los activos virtuales, hecho que, a juicio de esta instancia, confirma la imposibilidad de aplicar el IVA, pues de acuerdo a las normativas chilenas este tipo de impuesto debe ser aplicado a bienes corporales.
El pronunciamiento también incluye señalamientos en relación al pago de impuestos por tenencia de criptomonedas. Sobre lo cual afirma que la plusvalía generada por las variaciones en el precio de cotización de una criptomoneda, no tiene efectos tributarios para un contribuyente en Chile que sea poseedor de estos activos. Aunque todo cambia una vez que la persona realiza transacciones y obtiene alguna ganancia por ese intercambio. En este caso tales ganancias sí son gravables.
Sobre este tema, el equipo de abogados de Grupo Wolf, primera sociedad con capital en criptomonedas de Chile, ya había compartido a CriptoNoticias-durante una entrevista realizada en enero pasado-sus interpretaciones respecto a los impuestos sobre criptomonedas en el país austral, las cuales coinciden con lo expresado por el Departamento de Impuestos.
En ese momento, los expertos afirmaron que, de aplicarse el actual marco legal, los chilenos no tendrían que declarar impuestos por la tenencia de sus criptodivisas, sino hasta que los vendieran a cambio de pesos chilenos y obtuvieran una ganancia, o cuando los usaran para comprar bienes cuyos precios estén expresados en pesos chilenos.
Este nuevo dictamen del sistema de impuestos chileno surge en el marco de una polémica generada en ese país en torno al sector de las criptomonedas, debido al cierre de las cuentas bancarias de casas de cambio, con una serie de procesos legales en marcha.
Todo este revuelo ha derivado en un mayor interés por parte del gobierno en procurar el estudio de un marco regulatorio para el sector FinTech y las criptomonedas, según señaló recientemente la coordinadora de Mercados de Capitales del Ministerio de Hacienda, Catherine Tornel.


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