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Entra en vigencia acuerdo de información con EE.UU. y ya inquieta a quienes blanquearon



Con vigencia desde el próximo 1 de enero, entró en vigor el tratado de intercambio de información tributaria con Estados Unidos, con una novedad que es que no sólo llega a la información para la determinación de deudas, sino también a la ayuda para ejecutar el cobro por parte de jueces del otro Estado.
El acuerdo preocupa a personas que ingresaron al blanqueo, porque podría darse que al informar sobre saldos de cuentas posteriores al 1 de enero, los bancos estadounidenses den también el dato de la fecha de apertura de la cuenta, lo que podría comprometer los efectos beneficiosos del sinceramiento, indicó el abogado tributarista Luciano Cativa.
Este lunes entró en vigencia el Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria entre Argentina y Estados Unidos que se firmó el 23 de diciembre de 2016. Se trata de un acuerdo bilateral con características que lo diferencian al Convenio Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal firmado en el marco de la OCDE en 2012. Había dudas de sí Donald Trump lo avalaría, dado que se suscribió con Barack Obama en la presidencia de los EEUU, pero finalmente el republicano lo hizo.
Bajo este convenio, ambos países pueden intercambiar información que resulte relevante para determinar y recaudar impuestos nacionales, incluyendo como novedad la ejecución y/o prosecución de reclamos fiscales de cada país. De todos modos, falta reglamentar el proceso judicial correspondiente, indicó Cativa.
La principal forma de intercambio de información es a "requerimiento", es decir, mediante la solicitud previa de la autoridad fiscal de cada Estado.
En esta solicitud se deberá detallar, entre otra información, los períodos involucrados, la finalidad para cual será utilizada, y principalmente, la actividad/investigación administrativa realizada en el país de origen dado que el convenio rechaza las denominadas "fishing expeditions" (operaciones de pesca), añadió Cativa.
La información sujeta a intercambio incluye aquella en poder bancos y otras instituciones financieras, así como a cualquier persona o entidad que actúe como agente o fiduciario, también la relativa atitularidad en entidades comerciales, compañías, fideicomisos, fundaciones y cualquier otro tipo de entidad (incluyendo titularidad en cadena), quedando excluidas las compañías que cotizan en bolsa.
El Convenio también contempla la posibilidad de realizar un intercambio de información automático, intercambio espontáneo de información por cada una de las partes, y por último, se habilita la posibilidad de llevar adelante la revisión de documentación, inspecciones o entrevistas a personas en el territorio del otro país, siempre que se cuente con el aval previo de la empresa o persona involucrada. De todos modos, estas herramientas requieren de reglamentaciones posteriores en cuanto a su implementación, advirtió Cativa.
Conforme la información publicada en la página de Internet de la Cancillería, este acuerdo entró vigencia el 13 pasado, luego de haber transcurrido los 30 días posteriores a la notificación de Argentina a Estados Unidos sobre el cumplimiento de los requisitos de la legislación interna para la aprobación de tratados. Se podrá intercambiar información vinculada a cuentas bancarias y demás activos de titularidad de residentes en los Estados partes correspondientes a períodos fiscales iniciados luego del 1 de enero de 2018.
Esto implicaría que no sería objeto de intercambio información sobre cuentas o demás activos anteriores al 22/07/2016, la fecha de preexistencia de bienes del blanqueo, precisó Cativa, pero opinó que "es crucial que Estados Unidos, al identificar la respectiva cuenta bancaria, no informe voluntaria o involuntariamente la fecha de apertura de la misma".


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