Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de junio de 2017
Sres.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Subgerencia de Sociedades Emisoras
25 de Mayo 175
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente
Sres.
BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
Gerencia Técnica y de Valores Negociables
Sarmiento 299
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente
NOTA PESA – LEC 061/17
Ref.: Hecho Relevante.
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Uds. en carácter de Responsable de Relaciones con el
Mercado de Pampa Energía S.A. (la “Sociedad”) a
fin de informar que el Directorio de la Sociedad en su reunión del
día de la fecha ha aprobado la celebración y suscripción de
acuerdos de compensación con los principales ejecutivos de la
Sociedad. Sujeto a la previa aprobación de la Asamblea Ordinaria
Anual que se celebre cada año, los ejecutivos tendrán derecho a una
compensación variable contingente, que se establece en base a la
apreciación del valor de mercado de Pampa, con un tope en su pago
equivalente al 1,5% del resultado operativo, neto de intereses e
impuestos y otros ajustes no erogables (EBITDA) del ejercicio que se
remunere. El objetivo de la compensación variable es alinear
eficientemente los intereses de los ejecutivos con los del
accionista, creando valor para los ejecutivos solo en la medida en
que se cree valor al accionista. Los acuerdos de compensación han
sido sometidos a la previa consideración del Comité de Auditoría
quien ha concluido favorablemente sobre su razonabilidad,
encontrándose a disposición de los accionistas el informe
correspondiente.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Victoria Hitce
Responsable de Relaciones con el Mercado