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PAMPA ENERGIA.....

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de junio de 2017
Sres.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Subgerencia de Sociedades Emisoras
25 de Mayo 175
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente

Sres.
BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
Gerencia Técnica y de Valores Negociables
Sarmiento 299
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente
NOTA PESA – LEC 061/17
Ref.: Hecho Relevante.
De mi mayor consideración:

Me dirijo a Uds. en carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de Pampa Energía S.A. (la “Sociedad”) a fin de informar que el Directorio de la Sociedad en su reunión del día de la fecha ha aprobado la celebración y suscripción de acuerdos de compensación con los principales ejecutivos de la Sociedad. Sujeto a la previa aprobación de la Asamblea Ordinaria Anual que se celebre cada año, los ejecutivos tendrán derecho a una compensación variable contingente, que se establece en base a la apreciación del valor de mercado de Pampa, con un tope en su pago equivalente al 1,5% del resultado operativo, neto de intereses e impuestos y otros ajustes no erogables (EBITDA) del ejercicio que se remunere. El objetivo de la compensación variable es alinear eficientemente los intereses de los ejecutivos con los del accionista, creando valor para los ejecutivos solo en la medida en que se cree valor al accionista. Los acuerdos de compensación han sido sometidos a la previa consideración del Comité de Auditoría quien ha concluido favorablemente sobre su razonabilidad, encontrándose a disposición de los accionistas el informe correspondiente.

Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Victoria Hitce

 Responsable de Relaciones con el Mercado