Luego de que el titular de la Afip, Alberto Abad, anunciara que desde este año cada individuo deberá presentar “una suerte de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias proforma”, la entidad publicó la Resolución General 3835 en el Boletín Oficial que oficializa los valores para la liquidación de bienes personales.
Según el artículo 1° de la Resolución, los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva declaración jurada correspondiente al período fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas” del sitio web del organismo para conocer la valuación de las siguientes categorías:
Automóviles
Motocicletas y motos
Transportes de pasajeros y motor home
Camiones, pick-ups, chasis c/s cabina, varios
Moneda extranjera
Obligaciones negociables, certificados de participación, títulos de deuda
Cupones Impagos
Títulos Públicos
Fondos comunes de inversión y cerrados
Formato de catastro según jurisdicción
Entidades financieras
De acuerdo con la Resolución, allí estará disponible la información referida a el valor mínimo de los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), las cotizaciones al 31 de diciembre de 2015 de las monedas extranjeras, así como también, de la fecha de los títulos valores y sus cupones impagos y de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión y, por último, las denominaciones de las entidades financieras con su correspondiente Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).