Desde
el 31 de marzo, todos los responsables inscriptos deberán emitir
factura electrónica. Aquí, todo lo que hay que saber para cumplir
con los plazos y aprovechar las ventajas del cambio.
Finalmente,
y después de la prórroga que dio la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP), el 31 de marzo las facturas en papel
pasarán a la categoría de antigüedad, ya que es el último día
para emitirlas: a partir del 1 de abril los
responsables inscriptos en el IVA
deberán
emitir facturas electrónicas
en operaciones de venta de bienes, locaciones y la prestación de
servicios de acuerdo con lo dispuesto por la AFIP.
Desde
esa fecha todos los inscriptos en el IVA deberán también cumplir
mensualmente con el Régimen de Información de cada una de las
operaciones de sus compras y ventas, por Internet ante la AFIP.
Se
estima que cerca de 400.000 empresas deberán actualizar el proceso
de gestión para comenzar a emitir facturas electrónicas y adaptar
sus sistemas de gestión o contratar una solución para resolverlo.
Como
especialistas en el tema, Facturante
-la compañía que se dedica a la emisión y administración de
facturas electrónicas para todo tipo de empresas-, sugiere:
1)
Revisar
los procesos internos de facturación, cobranzas y pagos
verificando que estén aptos para adecuarse al nuevo modelo.
2)
Anticiparse
a la fecha límite:
es imprescindible que quienes todavía no se hayan adherido a la
factura electrónica lo hagan sin falta, ya que la adhesión implica
realizar un trámite en la página web de la AFIP y ya hay
antecedentes –antes de la prórroga-, de momentos en los que la
página colapsó y las empresas no podían realizar el trámite
requerido. De modo que anticiparse y tener todo el proceso ajustado
al nuevo modelo será una ventaja competitiva para el negocio.
3)
Elegir
el software apropiado a las necesidades
internas de la empresa o adaptar el existente será una decisión
estratégica
-
Qué tenés que saber si sos monotributista:
La
Resolución General 3749, establece la obligatoriedad para
los Monotributistas
de las categorías H, I, J, K y L;
con la excepción de los casos en los cuales las prestaciones de
servicios o la venta de los bienes se efectúen en el propio local.
Los
sujetos adheridos al Monotributo que no se encuentren alcanzados por
dichas categorías podrán
ingresar opcionalmente.
-
Si sos Responsable inscripto y facturás servicios profesionales:
La
Resolución General 3749, establece la obligatoriedad
de Factura Electrónica,
de modo que deberás resolverlo antes del 31 de Marzo.
-
IVA exentos
Una
de las novedades de la normativa RG 3749/15 es que los
IVA EXENTO también podrán ingresar a facturación electrónica en
forma voluntaria
y así capitalizar todos los beneficios que trae consigo.
Pero
existe un grupo de entidades y empresas IVA EXENTO que quedan
alcanzados por la nueva directiva de la AFIP,
dentro de las cuales figuran las empresas de medicina privada,
galerías de arte, establecimientos de educación privada, los dueños
de inmuebles rurales o con fines turísticos, quienes tendrán que
generar factura electrónica a partir de abril en forma obligatoria.
-
Comercios que tienen controlador fiscal
Siguen
excluidos
de la factura electrónica
los comercios que utilizan controladores fiscales (que emitan
facturas A y B) y también las operaciones que se realizan en el
domicilio del cliente. Pero si su controlador fiscal no emite Factura
A, deberá adherirse a factura electrónica y emitir las Facturas A
con el punto de venta electrónico.
Para
todos los casos se debe presentar el
IVA ventas o
RG3685
Régimen informativo de compras y ventas,
que reemplazó al CITI compra y ventas. Esto puede ser un gran
diferenciador entre un proveedor y otro -explican desde Facturante-,
por eso es importante prever que el sistema a contratar permita
generar este informe mensual obligatorio que requiere AFIP vinculado
a factura electrónica.
Cómo
comenzar
Facturante sugiere ingresar al sitio web de Afip y, con la clave fiscal, crear un punto de ventas electrónico indicando qué sistema se va a utilizar:
- Facturador online de AFIP gratuito
- O WebServices (sistema de gestión o facturación contratado) cada sistema tiene su tipo de venta electrónico.
Las
facturas podrán ser enviadas por email al cliente (el PDF que genera
es equivalente a una factura en papel, es totalmente legal aunque no
se imprima), o imprimirlas y entregarlas en mano.
Implementar
el régimen de Factura Electrónica es simple y fácil si se hace con
la solución informática adecuada y permite reducir los costos de
las empresas que utilizan el sistema. Para esto, Facturante
pone a disposición de sus clientes un equipo de profesionales y una
herramienta intuitiva, online, simple, rápida y económica para
transformar esta exigencia de la Afip en una verdadera oportunidad de
crecimiento para las empresas.