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La seguridad jurídica y los derechos de las personas - Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

La seguridad jurídica y los derechos de las personas
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal creó un Registro de Certificaciones de Documentos de Abogados Matriculados que habilita a los abogados a certificar firmas, impresiones digitales, copias y expedientes judiciales o administrativos. No existe ninguna ley nacional ni de la Ciudad de Buenos Aires que autorice a los abogados -ni al Colegio que los nuclea- a certificar firmas, constancias o documentos, tal como pretenden. Por ello, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires inició una acción judicial de declaración de ilegalidad e inconstitucionalidad, a fin de que la justicia intervenga y evite que los terceros que soliciten este servicio se vean perjudicados.


Certificar sin certificar
En términos jurídicos, certificar es hacer constar por escrito una realidad de hecho por quien tiene fe pública o atribución para hacerlo. El Estado ha delegado esa función en los escribanos públicos. Los abogados no son depositarios de la fe pública, ya que sus competencias son atender consultas jurídicas y defender, patrocinar y/o representar judicialmente o extrajudicialmente a sus clientes. La “certificación” que puede realizar un abogado de que un determinado documento, una firma o una impresión digital es auténtica, no tendrá más valor que el que pueda tener la declaración de cualquier persona común. Su actuación sería equivalente a la de un testigo que asegure la veracidad de lo que dice un documento, aunque -por su profesión- en el caso de los abogados no sería la de un tercero ajeno ni imparcial, porque podría actuar en defensa de los intereses de su cliente. Para ese tipo de certificación no se necesita ser abogado ni crear un Registro de Certificadores.
Las certificaciones efectuadas por abogados no otorgan fe pública, tal como señalaba el Presidente del CPACF, Dr. Jorge Rizzo, en Twitter. Lo que lleva a preguntarse para qué sirve agregar una “certificación” de firma o de documentos que carece de valor jurídico. La respuesta la da el mismo Rizzo -también en Twitter- al aclarar que ese Registro y esta nueva “competencia están ideados “para que te ganes un mango”.
La “certificación” que propone realizar el CPACF no otorga fe pública, o sea, no certifica nada y es una forma de confundir o engañar a consumidores y usuarios de servicios jurídicos, quienes serán inducidos a creer que esa “certificación” tiene algún tipo de valor jurídico, cuando no lo tiene. Esta situación nos enfrenta a un aspecto fundamental de la seguridad jurídica que son los derechos de los ciudadanos. El Estado no ha delegado la fe pública ni en los abogados ni el CPACF, por lo que este Registro y los documentos “certificados” por ellos no tendrán ningún valor distinto a un documento privado sin certificación de ninguna especie.
Este perjuicio se ve agravado por el hecho de que estas certificaciones se realizarán contra el pago de un honorario y bajo la apariencia de una certificación notarial. Este proceder resulta apto para el engaño del usuario, quien no sólo creerá estar obteniendo un instrumento con valor de fe pública o autenticidad, sino que además estará pagando por él.
El perjuicio es grave por varios motivos: por un lado por la confusión que generará en la gente, que no podrá distinguir cuando una certificación es válida en términos jurídicos; por otro, porque afectará el derecho a la información veraz de los consumidores; también porque ocasionará una notable inseguridad jurídica en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y afectará no sólo la función de dar fe pública que es competencia de los escribanos públicos, sino también la de funcionarios del Poder Judicial, como los Secretarios, quienes son los que tienen la aptitud fedataria en el marco de las actuaciones judiciales.

En resumen, el CPACF se encuentra actuando fuera de su competencia. Este proceder ajeno a su objeto pone en peligro el correcto uso de la herramienta legal de su personería diferenciada que le otorgó el Congreso al crearlo como ente público no estatal, y ello, sin lugar a dudas, perjudicará a los usuarios que pagarán por certificaciones sin valor, que no dan fe.