El proyecto de reforma del Código Penal que alienta Cristina Fernández
de Kirchner ha provocado un debate intenso y creciente, que divide aguas
en la sociedad argentina porque el problema de la inseguridad, la
reparación de las víctimas y el castigo de los culpables, que conmovió
tanto al ladriprogresismo en los temas vinculados a la violencia
política de los años '70 y comienzos de los '80, no parece importarle
demasiado cuando se relaciona con la delincuencia común del siglo 21.
Los seguidores de Eugenio Zaffaroni parecieran propiciar una laxitud que
no han tenido ellos con quienes aborrecen por haber participado de la
represión de la guerrilla y sus aliados en los años pasados.
Precisamente el autor de la siguiente columna de opinión, Adolfo Casabal
Elía Marcó del Pont, conoce estos temas no sólo por ser abogado
penalista, que le impone un conocimiento del Código vigente, sino por
haber defendido a procesados/condenados por sus acciones en aquellos
años. Es muy interesante su análisis de la situación:
Casabal
Elía: "(...) De tal modo y por ejemplo, el asesino de Angeles Rawson
que hoy recibiría prisión perpetua (eliminada en el proyecto) y debería
cumplir 35 años como mínimo, con el nuevo ordenamiento saldrá en
libertad a los 20 años de prisión: Zaffaroni le otorga 15 años de
rebaja"
por ADOLFO CASABAL ELÍA
(Especial para Urgente24). El proyecto redactado por la comisión presidida por Eugenio Raúl Zaffaroni, como no podía ser de otra manera, resultó absolutamente despenalizador.
Es decir, siguiendo las teorizaciones de escritorio que el actual
ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha logrado imponer
mayoritariamente en los fallos penales cotidianos, y que tanto han
afectado la seguridad pública debido a la impunidad claramente
establecida, no es más que una tentativa de llevar a la norma escrita las mayores ventajas posibles para los delincuentes.
Y esto de modo que ellos puedan reducir al máximo las penas a cumplir o, directamente, eludir el encarcelamiento que la posición ideológica de los proyectistas no tolera.
Nadie duda que las cárceles argentinas son hoy en día –y desde mucho tiempo atrás- una verdadera escuela de delincuencia.
Ahora bien, la solución está en corregir urgentemente sus
deficiencias de calidad y cantidad y no en que se ponga en libertad a
quienes delinquen sin haber reparado a sus víctimas –a las cuales hay que dar prioridad- con la sociedad y consigo mismos.
Aquí una aclaración. Llamamos pseudo garantistas a Zaffaroni y sus
muchos seguidores (magistrados y funcionarios letrados de jerarquía,
lamentablemente) porque “garantistas” somos todos los que pretendemos
para los malvivientes el juicio más justo y con todas las garantías que
les otorga nuestra Constitución Nacional pero, y esto es importante, sin
recibir ninguna ventaja, ningún beneficio especial producto de pensar
–equivocadamente, por cierto-, que, en realidad, los delincuentes son
las verdaderas víctimas de una sociedad que los marginó y los llevó al
delito.
Así, entonces, las ventajas de que hablamos se traducen en el
proyecto en poner un tope de treinta años a la pena de prisión con la
posibilidad de cumplir sólo las dos terceras partes por grave que sea el
delito cometido (posibilidad que se convertirá de hecho en obligación;
los jueces terminan cambiando “podrá” por “deberá”).
De tal modo y por ejemplo, el asesino de Angeles Rawson que
hoy recibiría prisión perpetua (eliminada en el proyecto) y debería
cumplir 35 años como mínimo, con el nuevo ordenamiento saldrá en
libertad a los 20 años de prisión: Zaffaroni le otorga 15 años de
rebaja.
También,
> se elimina la reincidencia como agravante (queda prohibido
tener en cuenta el historial criminal para medir la pena a imponer por
un nuevo delito);
> se veda, asimismo, considerar más o menos peligroso al
delincuente –lo cual es legítimo en el Código vigente, porque se dice
que si se lo hace se afectan los derechos humanos de quien delinquió;
> se establece la pena natural para aquél que sufrió un daño
personal al cometer un hecho ilícito de cualquier gravedad lo cual
significa la reducción de la sanción o, incluso, la exención de ella
según el grado de ese daño;
> se establecen penas alternativas como posibilidad al
cumplimiento de la mitad o las dos terceras partes de la condena, según
el caso, pero que, como dijimos, se convertirán en obligatoriedad y de
esa forma se reducen todas las sanciones cambiándolas por un sistema que
de penas muy poco tiene y es de imposible contralor material;
> se mantiene la suspensión del juicio a prueba (probation) que no ha dado resultado; y
> se agregan otros beneficios en la Parte General del proyecto
que, en consecuencia, alcanzan a la totalidad de los ilícitos de la
Parte Especial que los regula 1 a 1.
En este aspecto, hay que destacar particularmente, la
rebaja de las penas del homicidio, del robo, de la corrupción, del
secuestro, de la trata de blancas, del narcotráfico y de otros muchos
episodios delictuales.
De lo expuesto sintéticamente se deduce, con facilidad, que el proyecto Zaffaroni debe ser categóricamente rechazado por la ciudadanía honesta y tranquila que sólo exige que el Estado la proteja para vivir en paz.