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AFIP precisó cambios en Ganancias

Los cambios dispuestos por el Gobierno sobre el Impuesto a las Ganancias comenzará a percibirse con el pago de los haberes de agosto y beneficiarán a los trabajadores que no hayan cobrado más de 15 mil pesos en bruto en lo que va del año. Quienes por horas extras o premios hayan superado ese monto en algún mes entre enero y agosto, seguirán pagando el tributo.
La Resolución General 3225 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que los trabajadores en relación de dependencia que hayan cobrado al menos un sueldo bruto de más de 15.000 pesos en el año, seguirán pagando el Impuesto a las Ganancias a pesar de las modificaciones anunciadas por el Gobierno.
La norma, que complementa el decreto 1.242, establece el alcance de la suba del mínimo no imponible de Ganancias que dejará exentos a quienes perciban hasta 15.000 pesos mensuales y deja afuera del cálculo el aguinaldo.
La norma aclara en su artículo 2 que "la condición del sujeto beneficiario con relación a las retribuciones a percibir a partir del 1 de septiembre de 2013 se determinará sobre la base de la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales, devengados en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador".
Para quienes hayan tenido un sueldo variable a lo largo de este año, la AFIP dispuso que se tengan en cuenta para el cálculo las remuneraciones "que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis meses de este año" y en caso de que no los tenga, se tendrán en cuenta los montos percibidos en el 75 por ciento de los meses que haya tenido ingresos.
Y en caso de que la relación de dependencia o el cobro de haberes previsionales se produzca a partir de septiembre, sin otro empleo en el mismo año fiscal, se determinará "en función a las remuneraciones y/o haberes que correspondan al mes del citado inicio o cobro, según corresponda". En caso de que no se trate de un mes completo, tendrá que mensualizarse el importe.
La Resolución establece además, que quienes cobren entre 15.000 y 25.000 pesos, sufrirán "un aumento del 20 por ciento en las deducciones". Y cuando "las remuneraciones y/o haberes superen la suma de 25.000 pesos", no tendrán ningún beneficio.
Por último, el octavo artículo de la nueva Resolución dispuso que "los agentes de retención alcanzados por la Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias
y complementarias, que abonen las remuneraciones a partir del 1 de septiembre de 2013 y que utilicen una liquidación de haberes confeccionada con anterioridad al dictado del Decreto Nº 1.242/13, deberán generar una liquidación adicional a efectos de devolver el impuesto incorrectamente retenido a los sujetos que resulten beneficiados por el decreto citado".

nosis