El Banco Central de la República Argentina aclaró hoy que no introdujo nuevas modificaciones en la normativa cambiaria que regula el pago de deuda pública y privada.
En ese sentido, la provincia de Chaco había asegurado esta mañana que no pudo pagar en dólares dos series de bonos garantizados como consecuencia de "restricciones cambiarias".
La entidad monetaria emitió un comunicado de prensa en el que recordó que en su momento estableció "un tratamiento diferente para las emisiones locales y las emisiones externas de títulos de deuda de residentes del sector privado financiero y no financiero y de gobiernos locales".
En ese sentido, la Comunicación "A" 5265 establece que "los deudores locales de emisiones externas tienen acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para el pago de servicios de capital e intereses de su deuda".
La entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont aclaró además, que no impuso "restricción cambiaria alguna" para que el Estado Nacional cumpla con sus vencimientos de capital e intereses de títulos emitidos en dólares, "independientemente del carácter interno o externo de los mismos".
En ese sentido, para que una emisión provincial y del sector privado financiero y no financiero sea considerada externa, la Comunicación A 5099 establece que deberán ser "emisiones efectuadas en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión; b) que estén sujetas a ley extranjera; c) que hayan sido ofrecidas y suscriptas mayormente en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción, y d) que sean integradas en su totalidad en el exterior".
Por otro lado, en 2009 la Comunicación A 4927 se fijó como excepción a la norma general, la posibilidad de acceso al MULC para la atención de servicios de emisiones locales destinadas a financiar obras de infraestructura en el país. Esa excepción está contemplada hoy en el punto 5 de la comunicación A 5265.
Pero ese tipo de emisiones tienen que cumplir con determinados requisitos, como la integración de los títulos con divisas en el exterior o con débito bancario sobre cuentas locales en moneda extranjera.
El BCRA explicó además, que las normas vigentes no permiten el acceso al MULC para otro tipo de emisiones locales, pero sí está permitido el acceso a no residentes por el cobro de servicios de títulos locales. Para eso deben demostrar el ingreso de los fondos al país para realizar la inversión y un plazo mínimo de permanencia.
nosis